Bibiana Belsasso

El juicio a los expresidentes

BAJO SOSPECHA

Bibiana Belsasso
Bibiana Belsasso
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“¿Estás de acuerdo en que se investigue y, en su caso, se promueva un proceso judicial contra los expresidentes que fungieron de 1988 a 2018?”.

Ésta podría ser alguna de las preguntas que se pretenden hacer al mismo tiempo que se llevan a cabo las elecciones más importantes de la historia de México, en donde se renovarán 3,004 cargos, entre ellos el Congreso y 15 gubernaturas.

Se quiere abarcar a los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto, precisamente aquellos que han formado parte del “periodo neoliberal” al que tanto se refiere el Presidente Andrés Manuel López Obrador.

Lo cierto es que, desde hace tiempo, el partido en el poder ha buscado que coincida primero la consulta de revocación de mandato y ahora la de los expresidentes como una forma de poner en la agenda pública los temas del Presidente y su partido para la elección.

Hay que recordar que el proyecto de ley para la revocación no logró imponerse gracias a la postura de los partidos de oposición. La ley fue aprobada el 5 de noviembre de 2019 y la consulta se realizará hasta 2022.

En 2018, con el triunfo arrollador de Morena, con el que logró la mayoría legislativa, se pudo hacer, precisamente por la fuerza electoral que tuvo López Obrador, quien acompañó en imagen a cada uno de los candidatos, y al no pasar la consulta ahora intentan hacer la de los expresidentes.

Por lo pronto, se dio el primer paso para apoyar la consulta. El pasado jueves, 15 senadores de Morena presentaron un documento a la Mesa Directiva del Senado, en el que le solicitan efectuar los trámites correspondientes para proceder a la convocatoria.

Sin embargo, fue rechazado por la Mesa Directiva en un primer intento para formalizar la consulta ciudadana y decidir los juicios a expresidentes por corrupción.

Mónica Fernández, presidenta de la Cámara alta, explicó que no pudo aceptar a la solicitud, pues no contaban con las firmas necesarias. De acuerdo con el artículo 12 de la Ley Federal de Consulta Popular, cualquiera de las dos cámaras puede hacer la petición, siempre que cumplan con el equivalente a 33% de sus integrantes.

En el caso del Senado, esto significa que se requerirían 43 firmas para continuar con el proceso, pero el grupo de legisladores de Morena únicamente sumó 15 firmas.

Y ahora busca firmas no sólo de los congresistas, sino de ciudadanos, para que se convierta en una realidad la consulta ciudadana, que busca enjuiciar expresidentes por diversos delitos.

Alfonso Ramírez Cuéllar, dirigente nacional del partido, ha dicho que buscarán cerca de un millón 800 mil firmas para la causa. Lo anterior, llevó a decidir que se hiciera la recolección por todo el país.

“Morena comienza a desplegar su fuerza en todo el país, en todos los estados de la República. Vamos a acompañar a los comités promotores ciudadanos para recabar las firmas”, aseguró Cuéllar.

A través  de redes sociales, ciudadanos comparten la labor que se realiza en parques y plazas públicas para conocer la opinión de la población ante la posibilidad de juzgar a exmandatarios federales e invitan a participar en el proceso.
A través de redes sociales, ciudadanos comparten la labor que se realiza en parques y plazas públicas para conocer la opinión de la población ante la posibilidad de juzgar a exmandatarios federales e invitan a participar en el proceso.Foto: Especial

Pero la ley se debe respetar.

¿Qué requisitos debe contener la petición de la consulta popular?

De acuerdo con el artículo 21 de la Ley Federal de Consulta Popular, toda petición deberá estar contenida en un escrito que cumplirá, por lo menos, con los siguientes elementos:

I. Nombre completo y firma del solicitante o solicitantes;

II. El propósito de la consulta y los argumentos por los cuales el tema se considera de trascendencia nacional y

III. La pregunta que se proponga para la consulta deberá ser elaborada sin contenidos tendenciosos o juicios de valor y formulada de tal manera que produzca una respuesta categórica en sentido positivo o negativo; y estar relacionada con el tema de la consulta. Sólo se podrá formular una pregunta en la petición de consulta popular.

Claramente las preguntas a esta consulta tienen contenidos tendenciosos.

En el documento presentado por los 15 senadores morenistas se anexó la pregunta que proponen para la consulta:

¿Estás de acuerdo con que las autoridades correspondientes realicen una investigación sobre presuntos actos ilícitos que hayan causado afectaciones o daños graves al país realizados por expresidentes de México y, en su caso, se inicie un procedimiento judicial garantizando el debido proceso?

En el caso de la vía legislativa, la petición se turna al presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de origen, a la Comisión de Gobernación y, en su caso, a las comisiones que correspondan, según la materia de la petición, para su análisis y dictamen.

Después, deberá ser aprobado por la mayoría de cada Cámara para que la Cámara revisora la envíe a la SCJN junto con la propuesta de pregunta para que resuelva y le notifique sobre su constitucionalidad dentro de un plazo de veinte días naturales.

Si la SCJN se pronuncia por la constitucionalidad, el Instituto Nacional Electoral se hace cargo del ejercicio de la consulta, su difusión, del conteo de votos y de dar a conocer los resultados.

El artículo 64 de la Ley Federal de Consulta Popular establece que los resultados serán vinculatorios para los poderes Ejecutivo y Legislativo federal, “así como para las autoridades competentes”, cuando se registre una participación de al menos 40% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal.

“Cuando el resultado de la consulta sea vinculatorio tendrá efectos durante los tres años siguientes, contados a partir de la declaratoria de validez”, señala la ley.

¿Qué no podrá ser objeto de una consulta popular?

De acuerdo con el artículo 35 fracción VIII, numeral 3o. (reformado el 20 de diciembre de 2019), de la Constitución, “no podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, ni las garantías para su protección; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular; la materia electoral; el sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto de Egresos de la Federación; las obras de infraestructura en ejecución; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente”.

Se están violando los derechos humanos de los expresidentes con estas preguntas. Pero además no se puede hacer una ley retroactiva.

Y para juzgar a alguien no se necesita una consulta popular, sino aplicar la ley.

La solicitud para presentar a consulta del juicio en contra de los expresidentes tendrá un final similar a la consulta para ampliar el mandato del gobernador Jaime Bonilla en Baja California de 2 a 5 años como se quería hacer. Y éste podría ser un tema que llegará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en donde han demostrado que se tiene independencia y este tipo de consultas que no están apegadas a la ley han sido desechadas.