Senado y CNDH

Senado y CNDH
Por:
  • mauricioi-columnista

La Constitución mexicana establece diversas atribuciones al Senado relacionadas con el funcionamiento de la CNDH. La Cámara alta las ejerce, en buena medida, por medio de su Comisión de Derechos Humanos.

Esta instancia es la responsable, por ejemplo, de establecer las reglas del procedimiento de consulta pública mediante el cual el ombudsman nacional es nombrado cada cinco años. Si bien el nombramiento precisa la ratificación de dos terceras partes del Pleno, es esta Comisión la que integra la terna de candidatos de la cual se escoge al Defensor del Pueblo. De ahí la importancia de esta Comisión, particularmente, de su presidencia.

Partiendo de que el concepto de derechos humanos implica discrepancias con el gobierno (por definición estos derechos sólo pueden ser violados por las autoridades), la presidencia de la comisión senatorial ha sido ejercida por un representante de la oposición desde hace más de 20 años. En la administración de Vicente Fox, la presidencia de la Comisión fue ejercida por el PRI; en la de Felipe Calderón, por el PRD; y en la de Enrique Peña, también por los perredistas. El nombramiento de Kenia López Rabadán al frente de la Comisión significa que ésta será la primera vez que le corresponde al PAN ejercer la presidencia de ese órgano legislativo.

¿Qué puede esperarse de esta Comisión? Sería saludable para nuestra vida pública que se convirtiera en un contralor de la labor de la CNDH, sin que esto signifique intromisión en su autonomía. Los senadores bien podrían pedir la comparecencia tanto del ombudsman como de los Visitadores Generales para que rindan cuentas de los asuntos a su cargo.

Los senadores también podrían reformar el artículo 52 de la ley de la CNDH relativa a la rendición del informe anual de su titular. Actualmente, se establece que debe rendirse en el mes de enero ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. Modificar la fecha para el mes de febrero y establecer que dicho informe deberá ser rendido ante el pleno senatorial le permitiría al ombudsman rendir cuentas de su trabajo ante los legisladores que lo nombraron.

La desaparición de los normalistas de Ayotzinapa es otro asunto sobre el que el ombudsman nos debe varias explicaciones. Su indolencia ha provocado que instituciones internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, o bien, nacionales como un Tribunal Colegiado de Tamaulipas, presenten su versión de los hechos. Mientras tanto, el organismo constitucionalmente encargado de la materia se ha abstenido de determinar si hubo violaciones a derechos humanos, en qué consistieron y quiénes las perpetraron.

La senadora López Rabadán también podría tener interés en revisar el funcionamiento cotidiano de la CNDH. El ombudsman seguramente le explicará, con muy buenas razones, por qué tardó cinco años y cuatro meses en emitir la Recomendación 3 de este año. Incluso podría justificarle porque 26 de las 43 Recomendaciones emitidas este año, se refieren a hechos denunciados hace más de 18 meses. La autonomía no impide rendir cuentas. ¿O sí?