Herencias sin pago de impuestos en la Ciudad de México

Herencias sin pago de impuestos en la Ciudad de México
Por:
  • antoniof-columnista

“El pueblo pasa hambre por que

sus superiores consumen

en exceso lo que recaudan”

Lao Tsé.

 

Un lugar común ha sido el decir que son muy caros los impuestos por recibir una herencia, y que por ello mucha gente no podía hacer la escritura de los bienes inmuebles que recibían por herencia, generando un problema para la ciudad la falta de escrituración.

También es cierto, que una parte de los ingresos que reciben los gobiernos locales es por el pago del Impuesto de Adquisición de Bienes Inmuebles, entre ellos, la adquisición por herencia es importante; también se ha dicho que las herencias, además del Impuesto local de Adquisición de Bienes, deben de estar gravadas con el Impuesto Sobre la Renta, pues es una forma gratuita de adquirir bienes.

En su libro El Capital en el Siglo XXI, Thomas Piketty, señala, entre otras causas, que la acumulación de la riqueza en pocas personas, principalmente durante el siglo veinte, ha sido una de las causas la falta del establecimiento del pago de Impuesto Sobre la Renta en las adquisiciones por herencia, pues ello ayudaría a que el Estado a través de la recaudación de impuestos realice una redistribución de la riqueza entre las clases menos favorecidas. El contenido del libro fue ampliamente discutido, generando grupos a favor y en contra, pero puso en la discusión el problema de la acumulación de la riqueza.

En México, en alguna época estuvieron gravadas las herencias con un impuesto especial, que se llamó Impuesto Sobre Herencias, Legados y Donaciones, incluso en algún momento estuvieron gravadas con un doble impuesto, ello impidió a muchas personas poder llevar a cabo la adjudicación de los bienes inmuebles recibidos por herencia, por el alto costo.

En este año el gobierno de la Ciudad de México, para fomentar la escrituración de bienes adquiridos por herencia, decidió reformar el Código Fiscal de la Ciudad de México y establecer una tasa cero para el pago del Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles en la adquisición por herencia, siempre que cumpla en conjunto con los siguientes supuestos:

a) Que el valor de inmueble no exceda de la suma equivalente de 27,185 veces la unidad de cuenta de la ciudad de México.

b) Que el otorgamiento, firma y solicitud de inscripción en el RPP de la escritura de adjudicación sea a más tardar dentro de los 5 años del fallecimiento del propietario.

c) La adjudicación del bien inmueble de que se trate sea a favor del cónyuge, concubino y/o descendientes en primer grado.

Es una apuesta arriesgada, ya que por un lado se trata de que las personas regularicen sus propiedades y puedan escriturar lo que tienen pendiente, pero al mismo tiempo el gobierno de la ciudad deja de percibir ingresos por este concepto, lo cual no sabemos en realidad a quien beneficie mas, por ello al final del año se debe de hacer un estudio para poder evaluar esta medida y determinar si aumentó el número de escrituras por adquisición por herencia, y eso ayudó a regularizar las propiedades en la ciudad, y también hay determinar cuáles fueron las personas que escrituraron y a qué sector económico pertenecen, para que de esta forma sepamos a que sector de la sociedad más benefició esta medida.