Garantiza autonomía

SCJN confirma suspensión a revocación y auditoría contra Abelina López, alcaldesa de Acapulco

El pleno de la SCJN declaró infundados los recursos de reclamación presentados por la Auditoría Superior del Estado de Guerrero y el Congreso local

SCJN confirma suspensión a revocación y auditoría contra Abelina López, alcaldesa de Acapulco.
SCJN confirma suspensión a revocación y auditoría contra Abelina López, alcaldesa de Acapulco. Foto: Especial.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó este miércoles las medidas cautelares que protegen a la presidenta municipal de Acapulco, Abelina López Rodríguez, frente a procesos de revocación de mandato y auditorías locales sobre recursos federales.

El pleno declaró infundados los recursos de reclamación presentados por la Auditoría Superior del Estado de Guerrero y el Congreso local, que buscaban revertir la admisión de las controversias 174/2025 y 176/2025 promovidas por el municipio y anular las suspensiones otorgadas a la alcaldesa.

En su resolución, el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía señaló que “existe apariencia del buen derecho y peligro en la demora debido a que las responsabilidades señaladas derivan de la fiscalización de recursos federales, como las aportaciones del FISMDF, cuya revisión compete exclusivamente a la Auditoría Superior de la Federación y no a las autoridades locales”.

Las controversias fueron presentadas por el municipio, a través del síndico Miguel Jaimes Ramos, para proteger la autonomía financiera de Acapulco y garantizar que la fiscalización de la Cuenta Pública2023, particularmente en los recursos del Ramo 33 y el FAISMUN, se lleve a cabo conforme a la Constitución y bajo la competencia federal.

El Congreso estatal también había impugnado la admisión de la controversia 176/2025, relacionada con un intento de revocación de mandato promovido por el ciudadano Ramiro Solorio. La Corte ratificó la suspensión, enfatizando que la protección otorgada corresponde a derechos constitucionales del municipio y de su presidenta, y no a beneficios personales.

Con este fallo, la SCJN reafirma que cualquier procedimiento sobre recursos federales debe conducirlo la autoridad federal correspondiente, lo que consolida la autonomía municipal y garantiza la protección de los derechos que establece la Carta Magna.

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JVR

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