Exlíder de Caballeros Templarios

La Tuta busca amparo para no ser extraditado

En diciembre de 2022, un juez dictó sentencia de 47 años de prisión contra el capo, capturado en 2015

En una imagen de 2015, elementos de la Policía Federal trasladan a Servando Gómez Martínez, La Tuta, a un penal de alta seguridad tras su detención
En una imagen de 2015, elementos de la Policía Federal trasladan a Servando Gómez Martínez, La Tuta, a un penal de alta seguridad tras su detención Foto: Cuartoscuro

Servando Gómez Martínez, alias La Tuta, exlíder de los Caballeros Templarios, promovió un amparo con la intención de impedir que el Gobierno de México lo

extradite a Estados Unidos para ser juzgado allá por delitos relacionados con el narcotráfico.

La Tuta solicitó un amparo el pasado miércoles ante el Juzgado Cuarto de Distrito en materia Penal con residencia en Toluca, Estado de México, donde pidió protección contra actos privativos de la libertad, así como la deportación, expulsión o destierro del país.

“Es un hecho público y notorio que, el lunes 31 de marzo de 2025, las mismas autoridades, y en específico la Fiscalía General de la República y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, así como la vocería de la Presidencia de la República, han informado que se procederá al ‘envío’ de otros narcotraficantes al país vecino. Entre otras personas, se mencionó a Servando Gómez Martínez como uno de los candidatos a ser ‘enviado’ a Estados Unidos de América”, precisa la demanda.

  • El Tip: En diciembre de 2022, un juez dictó sentencia de 47 años de prisión contra el capo, capturado en 2015.

Sin embargo, el juez titular, Daniel Marcelino Niño Jiménez, argumentó que dicha narrativa, hasta el momento, “resulta insuficiente para determinar la procedencia de la medida suspensional solicitada, pues no se advierte que entre los hechos denunciados y los resultados dañinos exista una relación de causalidad que justifique decretar la suspensión”.

Asimismo, que el juzgado necesita más hechos a fin de determinar si procede o no la suspensión de oficio y de plano instada.

El juez dio un plazo de 24 horas, a partir de su legal notificación, para que aclare su demanda y “narre los hechos o abstenciones del acto o actos reclamados que señale, pues es un aspecto personalísimo que sólo corresponde al peticionario de la protección constitucional”.

También precisó que la deportación y la expulsión sólo son aplicables para ciudadanos extranjeros, mientras que la proscripción y el destierro son consideradas como penas, las cuales no le fueron impuestas, ya que La Tuta reconoció que compurga condenas de 30 y 28 años de prisión por los delitos de delincuencia organizada y contra la salud, así como por secuestro, respectivamente.