Caso Iguala

CNDH no puede integrar la Comisión de la Verdad

La CNDH rechazó integrar la Comisión del caso Iguala por conflicto de interés, solicitó a la SCJN atraer el amparo 203/2017

CNDH no puede integrar la Comisión de la Verdad Foto: Especial

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reiteró su imposibilidad jurídica para integrar la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia en el caso de Iguala, pese a que un Tribunal Colegiado le ordenó su conformación.

El organismo señaló que, actualmente, se encuentra en proceso de conclusión un nuevo expediente de queja derivado de la inconformidad de los familiares de los estudiantes normalistas desaparecidos y de los sobrevivientes respecto del contenido de la recomendación 15VG/2018.

  • El Tip: La CNDH emitió la recomendación 15VG/2018 el 28 de noviembre de 2018, al señalar violaciones graves en el caso Iguala.

Indicó que el expediente se trabaja desde la Oficina Especial para Investigar la Represión y Desapariciones Forzadas por Violencia Política del Estado, y que ya existe un proyecto de recomendación en vías de publicación.

La CNDH argumentó que participar en la integración de una nueva comisión sobre hechos que ya fueron objeto de análisis institucional —y que dieron lugar hace ocho años a la emisión de la recomendación 15VG/2018, así como a su revisión en un contexto jurídico distinto— implicaría un conflicto de interés directo y jurídicamente insalvable.

Sostuvo que intervenir en la comisión implicaría revisar, valorar e, incluso, modificar conclusiones previamente formuladas, lo que comprometería los principios de imparcialidad, objetividad e independencia que rigen su actuación.

“No resulta jurídicamente viable que esta Comisión Nacional asuma de forma concurrente y, o simultánea, el papel de órgano supervisor y de control, y de autoridad encargada de investigar y vigilar el cumplimiento de sus propias resoluciones”, advirtió, al señalar que esa superposición de funciones genera una incompatibilidad institucional.

El organismo sostuvo que su eventual participación podría entorpecer las investigaciones que corresponden a la Fiscalía General de la República (FGR), al recordar que el Ministerio Público es la autoridad facultada para investigar hechos con apariencia de delito, al contar con atribuciones legales y experiencia técnica para ello.

Ante este escenario, la CNDH solicitó al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejercer la facultad de atracción para conocer del cumplimiento del amparo en revisión 203/2017, radicado en el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, con sede en Reynosa, Tamaulipas.

El organismo argumentó que el asunto reviste interés y trascendencia nacional, por lo que consideró necesario que el máximo tribunal del país determine el alcance de la orden judicial y las atribuciones constitucionales involucradas.