El ciclo de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) arranca oficialmente este mes de abril, representando un derecho constitucional para quienes contribuyeron a las finanzas de sus centros de trabajo durante el año pasado.
Para este 2026, el flujo de pagos se activará en dos etapas principales, determinadas por el tipo de registro que tenga tu empleador ante las autoridades fiscales.
Calendario de depósitos 2026: PTU
La obligación de repartir estas ganancias sigue dos formas de organización.
Si tu patrón es una sociedad o empresa, la fecha límite definitiva es el 30 de mayo. Por otro lado si es un individuo (dueño único), el plazo se extiende hasta el 29 de junio.
La mayoría de las organizaciones suelen liquidar este monto semanas antes del vencimiento para evitar multas legales.
En caso de que el último día del periodo no sea laborable, la responsabilidad se recorre al primer día hábil siguiente.
¿Quiénes si lo reciben y quiénes no?
La condición indispensable para acceder a este recurso es haber acumulado al menos dos meses de servicio (60 días) en la misma institución durante el 2025. Bajo esta regla, tienen garantizado el beneficio:
- Plantilla fija y temporal: Independientemente de su tipo de contrato, siempre que cumplan el tiempo mínimo.
- Personal que ya renunció o fue despedido: Tienen derecho a cobrar su parte proporcional por el tiempo laborado el año previo.
- Licencias de ley: Las madres en periodo de maternidad y empleados en recuperación por riesgos laborales reciben el pago íntegro, pues esos días cuentan como trabajados.
Existen perfiles que, por su jerarquía o modalidad de contratación, no forman parte de esta repartición según la Ley Federal del Trabajo.
- Mandos ejecutivos: Aquellos con puestos de gerencia general, administración o dirección.
- Inversionistas: Los dueños, socios o accionistas de la entidad.
- Servicios externos: Profesionales contratados bajo el esquema de honorarios o freelance.
- Ámbito doméstico: Quienes realizan tareas de limpieza o cuidados en hogares privados.
- Estancias breves: Personas cuyo paso por la empresa fue menor a 60 días totales.
Si los plazos concluyen y el depósito no aparece en tu cuenta, puedes solicitar el apoyo de la PROFEDET para iniciar un proceso de reclamación sin costo.
Es fundamental monitorear estas fechas para asegurar que tu esfuerzo del año pasado sea recompensado conforme a la ley.