La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) no intervendrá en las decisiones editoriales ni en los contenidos informativos de los medios electrónicos, con los lineamientos para la protección de los derechos de las audiencias; tampoco determinará qué información es verdadera o falsa ni sancionará a los concesionarios por lo que difunden, aseguró su comisionada presidenta, Norma Solano.
En entrevista con La Razón, la titular del órgano regulador respondió a la gobernadora de Chihuahua, Maru Campos, quien el miércoles advirtió en un video que la propuesta podría permitir que el Gobierno federal se convierta en juez para decidir qué es verdadero y qué es falso en los medios de comunicación.
- El Tip: la presidenta Claudia Sheinbaum pidió esperar los lineamientos finales en el tema de audiencias y no anticipar conclusiones.
Solano rechazó esa interpretación y sostuvo que el proyecto busca establecer mecanismos para que las audiencias presenten quejas ante los propios medios, a través de sus defensorías, sin interferir en las decisiones editoriales. Añadió que el documento podrá modificarse tras la consulta pública que actualmente está abierta a los ciudadanos.
La gobernadora de Chihuahua, Maru Campos, afirmó que con estos lineamientos el Gobierno federal podría decidir qué información es verdadera y cuál es falsa en los medios electrónicos. ¿Qué responde?
De ninguna manera. La comisión no regulará contenidos ni determinará qué es verdadero, qué es falso. Son los propios medios de comunicación los que emitirán sus códigos de ética y en estos códigos que ellos redactarán, se establecen los mecanismos, los principios editoriales, sus valores, sus criterios programáticos bajo los cuales van a regir su operación y su actuación diaria.
¿Qué nuevos derechos tendrán las audiencias y qué obligaciones tendrán los medios?
Los derechos ya existen en la ley y derivan del artículo 6.º constitucional; los lineamientos crean un procedimiento para presentar quejas y obligan a los medios electrónicos a contar con códigos de ética, defensorías y mecanismos para proteger estos derechos.
¿Qué garantías tienen los medios de que la CRT no intervendrá en sus decisiones editoriales ni en los contenidos que difunden?
La libertad editorial y la libertad programática es absoluta, porque son los propios medios quienes establecen en sus códigos éticos sus propios criterios. Nosotros pensamos y estamos seguros que estas libertades no se contraponen con los derechos de las audiencias. Se complementan.
¿Quién definirá cuándo una información puede considerarse “descontextualizada” y con base en qué criterios?
La propia ley establece como derecho recibir información veraz, plural y oportuna, pero serán los propios medios quienes definirán en sus códigos de ética los mecanismos y criterios editoriales para atender ese principio. El regulador no determinará qué es verdadero o falso ni regulará contenidos.
Sobre las sanciones, Solano precisó que las aplicables a los concesionarios son las ya previstas en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Aclaró que no están relacionadas con la valoración del contenido difundido, sino con el incumplimiento de obligaciones establecidas en esa legislación.
¿La CRT podrá sancionar a un medio por el contenido de una nota informativa o editorial?
No, de ninguna manera. El regulador, la comisión, no regula contenidos ni determina contenidos, ni establece qué sí o qué no; es el propio medio quien establece sus criterios. Esta propuesta de lineamientos no tiene una finalidad de sancionar.
Sin embargo, en los lineamientos se prevén consecuencias por incumplimiento. ¿Qué casos podrían derivar en una sanción?
La ley ya establece sanciones en caso de incumplimiento y básicamente por tres motivos: porque no haya códigos de ética, porque no haya defensorías de las audiencias y porque no se establezca o no exista un mecanismo para la protección de los derechos de las audiencias.
La eventual imposición de una sanción requiere un procedimiento en el que se notifica al concesionario, se le permite presentar pruebas y alegatos y, sólo si se acredita el incumplimiento, puede imponerse una sanción fundada y motivada.
Maru Campos sostiene que el Gobierno sería juez y parte porque la CRT, que tendría la última palabra en el tema, depende del Ejecutivo. ¿Cómo se garantizará la independencia e imparcialidad?
La comisión es un órgano colegiado. Sus decisiones son colegiadas, es un órgano técnico, cinco personas la integran, sus decisiones y deliberaciones se hacen públicas. Su actuar se rige por procedimientos previamente establecidos en la ley. En caso de que se inicie un procedimiento de verificación, se da garantía de audiencia, se notifica, se reciben alegatos y pruebas y se hace una proyección de resolución que es sometida a consideración y discusión del pleno. Y en caso de que exista una sanción, todas sus resoluciones pueden ser recurribles ante el Poder Judicial.
Uno de los aspectos centrales es que el ciudadano no tendría que acudir inicialmente ante la CRT para presentar una queja por un contenido. El primer paso sería hacerlo directamente ante el medio de comunicación y su defensoría de las audiencias. Solano subrayó que el procedimiento operaría después de la transmisión del contenido, y no antes, con lo que descartó cualquier posibilidad de censura previa.
Si un ciudadano considera que se difundió información que vulnera sus derechos, ¿cómo deberá actuar?
Cualquier persona que considere que se vulneraron sus derechos tiene siete días para presentar una queja ante el propio medio de comunicación y su defensoría de las audiencias. Ésta analiza el caso y, si considera que hubo una vulneración, emite una recomendación. Si el medio no la atiende o no responde, entonces podría intervenir la CRT. De lo que se trata es de garantizar que la audiencia reciba una respuesta y que se atienda la recomendación.
¿Estos lineamientos serían aplicables a contenidos gubernamentales difundidos a través de medios públicos?
Los lineamientos aplican para radio y televisión. Entonces, si estos contenidos se difunden a través de un medio público de radiodifusión o televisión restringida, también les aplican.
Yo lo que le diría a toda la población, a los concesionarios, es que debemos caminar juntos en este proceso. Nosotros estamos seguros de que los concesionarios están en el mismo sentido de la protección de los derechos de las audiencias.
Además, invitar a participar en esta consulta pública, que va a estar abierta hasta el 21 de agosto. No hay mejor forma de que una regulación tenga transparencia y mejora regulatoria más que escuchando y haciendo participar a la sociedad.
¿Hay apertura para modificar los lineamientos en los puntos que han generado mayores cuestionamientos?
Por supuesto. Ése es el objetivo de la consulta pública. De lo que se trata es de que esta propuesta se enriquezca y que no haya ningún espacio para interpretar que es un organismo de censura, porque no lo es. Si tenemos que hacer precisiones, desde luego que las vamos a hacer. Y enfatizar: ésta es una propuesta basada en la autorregulación.
