También Horacio Duarte e Higinio Martínez

Descarta TEPJF que Claudia Sheinbaum y Delfina Gómez cometieran actos anticipados de campaña

El TEPJF descarta que Claudia Sheinbaum y Delfina Gómez cometieran actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada; resuelve un recurso que presentó el PRD

Descarta TEPJF que Claudia Sheinbaum y Delfina Gómez cometieran actos anticipados de campaña.
Descarta TEPJF que Claudia Sheinbaum y Delfina Gómez cometieran actos anticipados de campaña.Foto: Especial.
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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó que la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum; la exsecretaria de Educación, Delfina Gómez; el titular de la Agencia Nacional de Aduanas de México, Horacio Duarte, y el senador Higinio Martínez, no incurrieron en actos anticipados de precampaña y campaña, uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada.

La Sala Superior resolvió un recurso que presentó el PRD por el evento realizado el 31 de mayo en el Palacio de Gobierno de la Ciudad de México, respecto del que los funcionarios denunciados realizaron diversas publicaciones a través de sus cuentas de Twitter.

La Sala Regional Especializada omitió considerar que las infracciones denunciadas se actualizan derivado de que la reunión fue convocada por la Jefa de Gobierno, con la intención de reunir a servidores públicos que buscaban contender en la elección a la gubernatura a celebrarse en el Estado de México el año próximo.

Por ello, ahora que el asunto lo revisó la Sala Superior, a propuesta de la magistrada Janine Otálora se confirmó la sentencia regional y concluyó, por un lado, que en ninguna de las publicaciones se hizo referencia al proceso electoral federal ni se realizó pronunciamiento alguno sobre una posible candidatura, que pudiera traducirse como un posicionamiento anticipado de cara al proceso electoral 2023-2024.

Por otro lado, en la sentencia impugnada se precisó que la reunión no implicó la erogación de recursos públicos y que las publicaciones hechas por los servidores públicos, al difundir y publicar fotografías, derivan del ejercicio de su derecho de libertad de expresión.

JVR