Designación del titular de la CNS exclusiva del Presidente: SCJN

Designación del titular de la CNS exclusiva del Presidente: SCJN
Por:
  • larazon

Monte Alejandro Rubido, Comisionado Nacional de Seguridad

Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la designación del Comisionado Nacional de Seguridad (CNS) es exclusiva del Presidente de la República como titular del Ejecutivo Federal y rechazó la comparecencia periódico del secretario de Gobernación ante el Senado.

Y es que dijeron que la ratificación del Senado, no es una figura prevista por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para el caso de órganos pertenecientes a la Administración Pública Federal.

En sesión de este jueves, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró a invalides de parte de las fracciones XII y XXX del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Al resolver la acción de inconstitucionalidad 1/2013, cuya ponencia fue del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, el Pleno de la Corte dijo que la facultad de nombrar al Comisionado Nacional corresponde en exclusiva al Ejecutivo y no es necesario que dicho nombramiento sea aprobado por el Senado.

El citado artículo preveía que tanto el nombramiento del Comisionado Nacional de Seguridad como del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública recaían en el Presidente con la ratificación del Senado.

Asimismo, preveía la obligación del Secretario de Gobernación, de comparecer cada seis meses ante diversas comisiones en el Senado de la República.

Sin embargo, los ministros de la Corte establecieron que ésta última obligación tampoco está prevista en la Constitución por lo que igualmente invalidó el precepto que así lo establecía en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.