Presidente podrá ser juzgado

Eliminación del fuero, prioridad de Morena en próximo periodo ordinario: Delgado

La iniciativa había quedado pendiente de aprobar, debido a diferencias de consideraciones tanto del Senado como de la Cámara de Diputados

Mario Delgado, coordinador de los diputados de Morena en San Lázaro, en una imagen de archivo 
Mario Delgado, coordinador de los diputados de Morena en San Lázaro, en una imagen de archivo Foto: Especial
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La eliminación del fuero será una de las prioridades en la agenda legislativa para el periodo ordinario que inicia en septiembre, informó el coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados, Mario Delgado Carrillo.

Con ello, recordó, incluso el presidente podrá ser juzgado, como cualquier ciudadano, por delito electorales y de corrupción, entre otros.

“Como dice nuestro presidente Andrés Manuel López Obrador, el pueblo pone y el pueblo quita; por eso con esta reforma constitucional vamos a seguirle dando más poder al pueblo de México, para no permitir un presidente intocable, sino uno que pueda ser juzgado como cualquier otro ciudadano para fortalecer nuestra democracia”.

Insistió en que la propuesta, que ya fue avalado por la Comisión de Puntos Constitucionales, coadyuvaría a fortalecer la democracia y la rendición de cuentas, así como acabar con la corrupción en el país.

La iniciativa había quedado pendiente de aprobar, debido a diferencias de consideraciones tanto del Senado como de la Cámara de Diputados, por lo que se realizó una nueva redacción, con el fin de lograr el consenso.

"La nueva propuesta pone fin a la inmunidad procesal que actualmente protege al titular del Ejecutivo federal ante la comisión de un delito, misma que generaba un manto de impunidad aprovechado por los mandatarios para incurrir en infracciones legales y eludir la acción de la justicia", puntualizó.

En la iniciativa que contempla reformar los artículos 108 y 111 de la Constitución quedará establecido claramente que el Senado de la República será la instancia mediante la cual podrá ser acusado el Presidente en los términos que establece el artículo 110 de la propia Carta Magna. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable.