TEPJF difunde proyecto de resolución

Revocación: ve TEPJF inaplicable decreto para burlar la veda electoral

Proyecto de magistrado De la Mata señala que es contrario a la Carta Magna y a jurisprudencia; una interpretación no deroga leyes constitucionales, dice

publicidad en favor del Presidente para la consulta de revocación de mandato, que se realizará el 10 de abril.
publicidad en favor del Presidente para la consulta de revocación de mandato, que se realizará el 10 de abril.Foto: Cuartoscuro
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El proyecto de resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobre el decreto que aprobó el Senado en materia de propaganda gubernamental establece que es inaplicable para la revocación de mandato.

El órgano jurisdiccional electoral hizo pública la propuesta elaborada por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, en el que revisa el expediente relacionado con el desplegado que hicieron los gobernadores de Morena y el recurso que presentó ese partido defendiendo el derecho de los mandatarios estatales para fijar su postura en favor del Presidente Andrés Manuel López Obrador.

El proyecto de resolución que elaboró la ponencia del magistrado De la Mata Pizaña analiza también el decreto que avaló el Senado de la República y que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 17 de marzo, respecto al cual establece que no realiza una interpretación auténtica del término “propaganda gubernamental” para aclarar su significado, sino que excede su facultad al establecer una excepción sobre quién puede emitir propaganda gubernamental en el contexto de la revocación de mandato.

Refiere que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación precisó, mediante jurisprudencia, que la interpretación auténtica de las normas no representa que se tenga la facultad para modificarlas o derogarlas.

“Debe tenerse en cuenta que la prohibición general de difusión de propaganda gubernamental durante el periodo de revocación de mandato, que va desde la convocatoria hasta la conclusión de la jornada, es de raigambre constitucional”.

Por ello, enfatizó que el decreto avalado por el Senado contraría el texto del artículo 35 de la Constitución, el cual no prevé excepción alguna para la difusión de propaganda gubernamental por parte de los servidores públicos.

“La excepción que el Decreto de interpretación auténtica pretende generar redundaría en una modificación a un aspecto fundamental del proceso de revocación de mandato que actualmente se encuentra en desarrollo, tal y como lo es su modelo de comunicación política, lo cual está prohibido a nivel constitucional por el artículo 105”, indica.

Por ello, el proyecto de resolución, que se someterá a votación en sesión privada, precisa que, “con la actual configuración del sistema normativo, el Decreto de interpretación auténtica es inaplicable a los casos de revocación de mandato, lo que incluye a las controversias que surjan en el desarrollo del actual proceso”.

La propuesta del magistrado De la Mata Pizaña señala que el comunicado de los gobernadores de la 4T, en el que expresaron su respaldo al Presidente, “es contrario a la Constitución” y el Decreto no modifica esta situación.