Justicia
Ordenan perspectiva de género en casos de trata
Determinó que los jueces deben analizar con perspectiva de género los asuntos de trata de personas cometidos por mujeres
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los jueces deben analizar con perspectiva de género los asuntos de trata de personas cometidos por mujeres, al considerar que en muchas ocasiones éstas se encuentran en situaciones de esta índole por la fuerza o por situaciones de vulnerabilidad.
La Primera Sala analizó un asunto relacionado con un juicio seguido contra una mujer extranjera quien fue condenada en apelación por el delito de trata de personas (hipótesis de quien se beneficie de la explotación de una persona a través de una actividad sexual remunerada).
Esto, por haber participado junto con otra persona en la realización de dicha conducta en perjuicio de otra mujer extranjera. Se trata del amparo directo en revisión 2346/2023 bajo la ponencia del ministro Juan Luis González Alcántara.
En desacuerdo con la sentencia, la mujer promovió un amparo directo alegando que no le fue aplicada la perspectiva de género a su favor, como sí se hizo con la víctima. La SCJN revocó la sentencia y devolvió el asunto al Tribunal Colegiado para que resuelva el asunto con perspectiva de género, en cuanto a la situación en que se encontraba la quejosa.
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