Proceso electoral 2024

TEPJF prevé ratificar sanción del INE por 68 mdp a Morena

Por las irregularidades detectadas en el ejercicio de ingresos y egresos en el proceso interno que realizó con las corcholatas

TEPJF prevé ratificar sanción del INE por 68 mdp a Morena
TEPJF prevé ratificar sanción del INE por 68 mdp a MorenaFoto: Especial
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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) prevé ratificar la multa que el Instituto Nacional Electoral (INE) impuso a Morena por 68 millones de pesos por las irregularidades detectadas en el ejercicio de ingresos y egresos en el proceso interno que realizó con las corcholatas.

De acuerdo con el proyecto de resolución elaborado por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, el cual será sometido ante el pleno en la sesión del próximo martes 16 de enero, son infundados e inoperantes los alegatos que presentó el partido guinda en la impugnación que realizó ante este órgano electoral.

El expediente registrado como SUP-RAP-391/2023 confirma que Morena incurrió en omisiones e irregularidades contables en el proceso del que surgió la postulación de Claudia Sheinbaum a la Presidencia de la República.

Uno de los argumentos reclamados por Morena fue la matriz de precios que utilizó el INE para la fiscalización, porque recurrió al padrón de proveedores correspondiente a los comicios de 2020-2021, pero la propuesta del TEPJF puntualiza que el instituto cuenta con facultades para determinar su sistema de revisión.

“Tampoco le asiste la razón cuando afirma que la matriz de precios debe elaborarse a partir de la información proporcionada por los sujetos fiscalizados, durante el proceso de fiscalización pues, la información se podrá obtener de los proveedores autorizados en el Registro Nacional de Proveedores, en relación con los bienes y servicios que ofrecen; en las cotizaciones con otros proveedores que ofrezcan los bienes o servicios valuados; o las cámaras o asociaciones del ramo de que se trate.

“Lo alegado en cuanto a que la matriz de precios, al haber sido elaborada en el periodo de una campaña concurrente (2020-2021) implicó un aumento en la oferta y demanda de los bienes y servicios, es inoperante”, establece la propuesta del magistrado De la Mata Pizaña.