En un acuerdo publicado en el DOF

SCJN frena amparos contra la ley hasta que resuelva

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó a los tribunales colegiados aplazar desde este 23 de febrero

SCJN ordena aplazar amparos contra Ley de la Industria Eléctrica.
SCJN ordena aplazar amparos contra Ley de la Industria Eléctrica.Foto: Cuartoscuro
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a los tribunales colegiados aplazar desde este 23 de febrero las sentencias de los juicios donde se impugna la Ley de la Industria Eléctrica, hasta que no se decida sobre la constitucionalidad del tema en el Pleno del máximo tribunal de nuestro país.

En un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Corte explicó que este aplazamiento se dará hasta que se resuelvan las controversias constitucionales 44/2021 y 45/2021, así como la acción de inconstitucionalidad 64/2021, promovidas, respectivamente, por la Comisión Federal de Competencia Económica, por el Poder Ejecutivo del Estado de Colima, y por diversos integrantes de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.

“Se deberá continuar el trámite hasta el estado de resolución y aplazar el dictado de ésta; sin menoscabo de que en términos de lo previsto en el Punto Cuarto, fracción I, inciso A), del Acuerdo General Plenario 5/2013, se resuelvan aquéllos en los que no resulte necesario abordar el referido problema de constitucionalidad”, señala el documento.

Además, la SCJN detalló que tiene en cuenta que actualmente se encuentran radicados, por una parte, en el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, los amparos en revisión 459/2021, 462/2021, 496/2021, 434/2021, 482/2021, 497/2021, 522/2021, 452/2021, 457/2021, 437/2021, 495/2021, 519/2021, 496/2021 y 521/2021, todos de su índice.

Agrega en el acuerdo que también tiene conocimiento de los amparos en revisión 292/2021, 22/2022 y 32/2022, que se encuentran en el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República.

“Con el fin de preservar el derecho a la seguridad jurídica de los gobernados reconocido en los artículos 14 y 16 constitucionales, considerando además que la institución del aplazamiento o suspensión del dictado de la resolución está prevista en el artículo 366 antes invocado, por aplicación supletoria de éste, se estima conveniente acordar el aplazamiento en el dictado de la resolución de los amparos en revisión del conocimiento de los Tribunales Colegiados de Circuito Primero y Segundo en Materia Administrativa, Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones”, añade.

El 9 de marzo de 2021, la Ley de la Industria Eléctrica se publicó en el DOF, pero tras varias medidas cautelares ante los recursos presentados por empresas perjudicadas un juez federal decidió suspender dicha norma de manera indefinida.

avc