Para erradicar violencia cibernética

Ley Olimpia va en todo el país; hasta 6 años de cárcel por difundir packs

Acoso, insultos y difusión de imágenes, audios o vídeos de contenido íntimo sexual, a través de medios digitales será sancionado con prisión

Ley Olimpia va en todo el país; hasta 6 años de cárcel por difundir packs
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El Senado de la República aprobó este jueves en lo general y en lo particular la llamada Ley Olimpia que tipifica como delito el hostigamiento y difusión de contenido sexual en plataformas de internet y redes sociales.

La iniciativa avalada por unanimidad en el Pleno del Senado, reforma dos ordenamientos legales para erradicar la violencia digital. 

Con el apoyo de 87 senadores de todas las fracciones parlamentarias, la modificación a esta ley permitirá sancionar a quienes compartan vídeos, fotografías o audios, reales o simulados con contenido sexual sin el consentimiento de quienes aparecen en ese material.

Infografía del Senado sobre Ley Olimpia
Infografía del Senado sobre Ley Olimpia

¿qué destaca la ley olimpia? 

La iniciativa modificada advierte que todos los actos intencionales para provocar daño a la intimidad de las mujeres y que se utilicen tecnologías de comunicación, redes sociales, internet, etcétera serán sancionados conforme al Código Penal.

También, se aprobó sancionar la violencia mediática que es toda aquella que promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia o discursos de odio. 

Este delito lo cometerán las personas que utilicen un medio de comunicación y que busquen ejercer daño psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida.

¿cómo se castiga? 

Cuando se cometa un acto de violencia digital o mediática, el juez deberá ordenar de inmediato que las plataformas digitales de redes sociales o páginas electrónicas hagan la interrupción inmediata de los mensajes; además, deberá dictar las medidas para que se resguarde y conserve el material denunciado.

En el artículo 199 se incluye una sanción de tres a seis años de prisión a quien divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, vídeos o audios con contenido íntimo sexual, sin que haya autorización por parte de la otra persona o personas involucradas en el mismo.

También se aplicará la misma sanción para quienes graben sin autorización encuentros íntimos sexuales, incluso si quienes comparten este tipo de material no aparecen en las imágenes, también serán acreedores a la sanción.

AVC