Consorcio ganador de Ronda 1 renuncia a contrato energético

Consorcio ganador de Ronda 1 renuncia a contrato energético
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El grupo liderado por Hokchi Energy renunció al contrato energético CNH-R01-L01-A2/2015, debido a que no se encontraron hidrocarburos para ser comercializados.

En el marco de la 59ª Sesión Extraordinaria, el Órgano de Gobierno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) indicó que durante los trabajos de perforación de los dos pozos no se descubrió gas comercial; mientras que en otro, el pozo resultó inválido por agua salada.

http://twitter.com/CNH_MX/status/1179465023166566400?s=20

“Esta fue la primera licitación de la Ronda 1, se adjudicaron dos de las 14, el área 2. Después del periodo inicial no hay descubrimiento, y así es la exploración, en el otro contrato del área 7, ahí está el campo de Zama”, dijo Sergio Pimentel, comisionado de la CNH, durante la sesión.

El área en cuestión tiene una superficie de 194 mil 452 kilómetros cuadrados, ubicada en aguas someras de Veracruz, en las Cuencas del Sureste.

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Conforme a las cláusulas internas de la CNH, el contratista deberá cumplir con el Programa Mínimo de Trabajo y otras obligaciones en términos de actividades, incluyendo las de abandono.

Derivado de lo anterior, el regulador informó que inició la “Etapa de Transición Final” (Cláusula 18.7 Contractual) durante la cual se llevará a cabo la entrega del Área Contractual del Contratista a la CNH o a un tercero designado para tal efecto, conforme a lo siguiente:

Inventario de Activos;

Pozos y Materiales, descripción de las condiciones de operación a la fecha de inicio de la Etapa de Transición Final;

Informe de producción;

Abandono de los Pozos y Materiales que no le sean transferidos a la CNH;

Actualización la línea base social y

Actualización de la Línea Base Ambiental.

La CNH notificará la presente Resolución al Contratista, a la Secretaría de Energía, a la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente, a la Secretaría de Economía, al SAT, a la Secretaría de Hacienda, y demás autoridades competentes, para los efectos legales a los que haya lugar.

lps