Piden modificar propuestas

Contadores públicos advierten afectaciones con propuestas de Miscelánea Fiscal de 2022

Afirman que de aprobarse en el Poder Legislativo dichas obligaciones, el auditor, perderá la imparcialidad e independencia que requiere llevar a cabo un dictamen fiscal

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos advirtió que algunas propuestas contenidas en la Miscelánea Fiscal para 2022  deben ser modificados antes de ser votados por el Poder Legislativo.
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos advirtió que algunas propuestas contenidas en la Miscelánea Fiscal para 2022  deben ser modificados antes de ser votados por el Poder Legislativo.
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El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) advirtió que algunas propuestas contenidas en la Miscelánea Fiscal para 2022 afectarían gravemente el ejercicio de su actividad profesional, por lo cual deben ser modificados antes de ser votados por el Poder Legislativo.

El organismo apuntó que en este escenario se inscribe la reforma al Artículo 52, fracción II del Código Fiscal de la Federación (CFF), que establece la nueva obligación para el contador público auditor de informar a las autoridades cuando el contribuyente ha incumplido las disposiciones o cuando éste ha llevado a cabo una conducta que pueda constituir la comisión de un delito.

La omisión en estos casos puede acarrear severas sanciones al auditor, que van desde la suspensión por tres años del registro del contador, hasta prisión de tres a seis años

Diamantina Perales Flores, presidenta del IMCP.

Consideró que, con esta adición, la autoridad no considera que, aún realizada de conformidad con las Normas Internacionales aplicables, la auditoría tiene limitaciones inherentes que implican el riesgo de que algunos errores significativos pudieran no ser detectados.

Asimismo, apuntó, con dicha reforma la autoridad hacendaria transfiere a la contaduría pública inscrita una responsabilidad del contribuyente, que es obligado a implementar el control interno de su empresa para generar información financiera y evitar cualquier incumplimiento de las disposiciones fiscales.

Al mismo tiempo y de forma errónea le atribuye al contador público inscrito facultades propias de los profesionales en Derecho, abundó la dirigente del IMCP.

Afirmó que de aprobarse en el Poder Legislativo dichas obligaciones, el auditor, es decir, el contador público inscrito, perderá la imparcialidad e independencia que requiere llevar a cabo un dictamen fiscal, pues estaría asumiendo tareas gerenciales que le son ajenas.

Perales Flores dijo que, sumado a esto, es necesario considerar que el contador público no está calificado como perito en el código aduanero, lo que imposibilita cumplir con la labor de detectar incumplimientos de obligaciones en la materia.

En el IMCP consideramos respetuosamente que dichas modificaciones no son acordes con el principio de razonabilidad y proporcionalidad, por lo que apelamos a la apertura y sensibilidad de las autoridades para modificar el proyecto de ley presentado el 8 de septiembre de 2021

añadió.

Sostuvo que realizar a tiempo los ajustes necesarios evitar afectaciones graves al quehacer profesional de la contaduría pública, así como injusticias y distorsiones a su rol estratégico en el crecimiento de las empresas en México.