Estima inicio de operación hasta 2022

IFT aclara que para el padrón son 800 mdp que no tiene

Presidente del Instituto asegura que carecen de presupuesto para Panaut; tampoco estará este año, advierte; despacho facilita amparos

IFT, sin recursos para arranque del padrón telefónico.
IFT, sin recursos para arranque del padrón telefónico.Foto: Cuartoscuro
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El presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), Adolfo Cuevas Teja, aseguró que en principio el instituto necesita cerca de 800 millones de pesos para cumplir con el sistema informativo y adecuación de infraestructura del nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía (Panaut), dinero con el que no cuenta.

En entrevista radiofónica, Cuevas Teja señaló que el monto estimado no podría otorgarlo el IFT, pues recordó que para el ejercicio de 2021 sólo recibió mil 500 millones de pesos de presupuesto, de los cuales mil millones fueron sólo para el pago de nómina.

“No tenemos el presupuesto en el IFT, este año es menor a mil 500 millones de pesos..., no tendríamos para costear este sistema que vale 700 millones de pesos; además, se deben sumar otros 100 millones en gasto inicial”, sostuvo en entrevista con Carlos Loret de Mola.

Por ello, comentó que solicitará a la Secretaría de Hacienda recursos para su implementación.

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El comisionado del IFT añadió que esperan que la implementación del Panaut se dé de la mejor manera y agregó que como regulador, al IFT le toca cumplir la ley, pero se debe cuidar que no sea en un “sistema improvisado”.

Señaló también que el sistema estará blindado a través de los equipos “de alta tecnología, que cumplen estándares internacionales y los cuales socializarán con el Inai y con la sociedad civil para que sean testigos de que la implementación se hará correctamente; sin embargo, adelantó que no será este año cuando comience a operar; es decir, que entrará en operación posterior al plazo de seis meses que se dictó en la aprobación del padrón.

“Calculo que no será antes de que concluya este año (cuando empiece a operar), primero tengo que tener el recurso, desarrollar el sistema informático, montarlo, y eso tomará algunos meses, hasta entonces será cuando demos luz verde para recibir los datos, antes de eso de ninguna manera”, dijo.

FACILITAN AMPAROS VS. PADRÓN

 La creación del Panaut prevé obligar a los usuarios a otorgar datos sensibles, como los biométricos, los cuales, de acuerdo con Jesús Valles, socio director del Despacho Valles Aragón, ya es un exceso, pues sin un tratamiento adecuado la entrega de éstos puede terminar en suplantación de identidad.

A través de su cuenta de Twitter, el abogado publicó un ejemplo de cómo se debe armar un amparo, para aquellos usuarios que no estén de acuerdo en entregar este tipo de información, ya que de acuerdo con el artículo 16 constitucional, los usuarios se pueden oponer a entregar su información privada.

“Lo que quisimos hacer es un ejemplo de cómo es un amparo, de los conceptos que consideramos que se están violando, como la información personal y que por ley la podemos proteger”, dijo en entrevista con La Razón.

Infracciones y sanciones que plantea la disposición sobre el Panaut
De acuerdo con el artículo 307 bis, los concesionarios de telecomunicaciones o, en su caso, los autorizados incurrirán en relación con el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, en las infracciones siguientes:


  1. ​Efectuar extemporáneamente el registro de un número de línea telefónica móvil, excediendo los plazos previstos en las disposiciones administrativas de carácter general.
  2. No registrar un número de línea telefónica móvil.
  3. No registrar las modificaciones o presentar los avisos que actualicen la información de un registro, a que se refiere el artículo 180 Ter de esta Ley.
  4. Hacer uso indebido de las constancias, documentos y demás medios de identificación, relacionados con el registro de un número de línea telefónica móvil.
  5. Alterar, omitir, simular o permitir registros o avisos en forma ilícita, registrar datos falsos, proporcionar información falsa o facilitar información a usuarios o terceros que no tengan derecho, acceder sin autorización a la información del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil o no denunciar alguna irregularidad teniendo la obligación de hacerlo.
  6. Hacer uso de la información, documentos o comprobantes del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, para obtener un lucro indebido, directamente o por interpósita persona.