Energías renovables

Impugnan Cenace, Sener y Presidencia suspensión provisional contra acuerdo eléctrico

La decisión que objetaron aplica sobre todos los participantes del sector de renovables

La audiencia para resolver si se concede una suspensión definitiva se reagendó.
La audiencia para resolver si se concede una suspensión definitiva se reagendó.Foto: Cuartoscuro
Por:

La Presidencia de la República, la Secretaría de Energía (Sener) y el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) impugnaron ante un tribunal federal la suspensión provisional contra el acuerdo eléctrico concedida a Greenpeace-México, cuyo efecto aplica a todos los participantes del sector de renovables.

Este viernes estaba programada la audiencia en la que se resolvería si el juzgador, Juan Pablo Gómez Fierro, concedía la suspensión definitiva a la organización ambiental, no obstante, la audiencia fue diferida.

Además, un juez primero de distrito especializado en materia de competencia económica otorgó hoy una suspensión provisional a favor del grupo Defensa Colectiva contra los dos acuerdos publicados por la Secretaría de Energía (Sener) y el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace).

Este fallo busca limitar las estipulaciones que modificaban el mercado eléctrico de energías renovables controlado por algunas empresas privadas que afectan de forma directa a su negocio y beneficiaban a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Hace una semana ninguna empresa privada había iniciado un proceso de amparo contra el acuerdo de la Sener, sino que se habían limitado a impugnar la orden del Cenace.

El juez especializado en Competencia Económica, Juan Pablo Gómez Fierro, concedió el viernes pasado una suspensión provisional a la organización ambientalista, en el que explica que las autoridades responsables deberán aplicar las disposiciones vigentes previamente a la expedición de dichos acuerdos.

Es importante precisar que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, están obligadas a cumplir con la suspensión provisional otorgada, aún en el supuesto de que no hubieren sido llamadas como responsables

señaló en su momento el juzgador, dentro del juicio de amparo número 104/2020.

De esta forma, los sujetos obligados en la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional, entre ellos la Comisión Reguladora de Energía y el Centro Nacional de Control de Energía, deberán abstenerse de cumplir con las obligaciones generales y particulares de dicho acuerdo.

JVR