El próximo 1.° de abril, la Corte Suprema de Estados Unidos escuchará los alegatos orales en el caso Trump v. Barbara que impugna la orden ejecutiva del presidente Trump orientada a restringir la ciudadanía por nacimiento. Si la orden hubiera entrado en vigor, se impediría la concesión automática de ciudadanía a las personas nacidas en territorio estadounidense en caso de que sus padres se encontraran en el país de manera temporal o ilegal.
La cláusula de ciudadanía, incorporada en 1868 tras la Guerra Civil, es clara: cualquier persona nacida en Estados Unidos y sujeta a su jurisdicción, por ese sólo hecho recibe la ciudadanía. Durante más de un siglo esta disposición ha sido entendida como una garantía amplia, diseñada no sólo para reparar una injusticia histórica (la exclusión de las personas antes esclavizadas), sino también para cerrar definitivamente la puerta a categorías de pertenencia civil basadas en origen, raza o condición social de los padres. Los demandantes en el caso sostienen que la orden entra en conflicto tanto con la jurisprudencia histórica de la Corte Suprema como con el texto de la Decimocuarta Enmienda constitucional. Por su parte, la administración Trump reivindica una interpretación restrictiva: señala que la enmienda tuvo un propósito acotado y que su posterior expansión es una desviación histórica. Esta interpretación, sin embargo, no sólo contradice precedentes consolidados de la propia Corte, sino que también ignora que, una vez adoptadas, las enmiendas adquieren vida normativa propia y no quedan congeladas en la intención política de quienes las promovieron.
Será durante la audiencia del 1.° de abril la primera vez en que los justices consideren la legalidad de la orden presidencial. Recordemos que, mediante una hábil estrategia, la administración Trump consiguió que la Corte limitara la posibilidad de que los jueces federales dictaran suspensiones universales de alcance nacional. Ya superado ese debate, la Corte deberá pronunciarse sobre el contenido. Y ahí el margen de maniobra es más limitado. Tras la decisión sobre las suspensiones universales, las demandas contra la orden ejecutiva continuaron en tribunales inferiores, los cuales nuevamente fallaron en favor de los demandantes. En Trump v. Barbara, un juez federal en New Hampshire prohibió al gobierno aplicar la orden respecto de los bebés nacidos a partir del 20 de febrero de 2025, fecha en la que estaba previsto que iniciara la vigencia de la orden, y que serían o podrían ser privados de la ciudadanía conforme a la orden ejecutiva. A finales de septiembre, el fiscal general federal Sauer acudió a la Corte solicitando a sus integrantes la revisión de la resolución del juez federal, así como de una decisión del tribunal de apelaciones del noveno Circuito que la declaró inválida. El pasado 5 de diciembre la Corte aceptó conocer del caso y el 30 de enero fijó el 1.° de abril como fecha para la audiencia. Se espera que el máximo tribunal resuelva a finales de junio o principios de julio. Sigamos pendientes.