El derecho a la amnistía

El derecho a la amnistía
Por:
  • antoniof-columnista

“El débil no puede perdonar. El perdón es

un atributo de los fuertes”.

Gandhi

La palabra Amnistía viene del griego “A” y de “Mnesis” que significan olvido, por lo que el concepto presenta diversas interpretaciones, una de ellas es la que elaboró Antolisei, quien la define como una medida general con la que el Estado renuncia a la aplicación de la pena respecto de determinados delitos.

Los antecedentes de casos de amnistía han sido principalmente por cuestiones políticas. En Latinoamérica tenemos varias historias de amnistía, en la década de los 70, 80 y 90 se dieron diferentes leyes en países como Uruguay, Argentina, Chile, y finalmente en el Perú, las cuales se crearon mayormente después de una dictadura, y fueron duramente criticadas por diversos sectores de la sociedad de esas naciones.

Dadas las controversias generadas por las leyes de amnistía antes mencionadas, éstas fueron denunciadas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, donde se discutió tanto la violación a los derechos humanos de las víctimas de las dictaduras como la necesidad política de una pacificación a través de la amnistía, poniéndose en duda la legalidad de tales leyes que implican dejar de aplicar la justicia en ciertos casos y delitos. Como resultado, la Comisión resolvió que efectivamente eran violatorias de la Convención Americana de Derechos Humanos, además que en algunos casos éstas siguen causando discusión en sus países.

En el caso de la propuesta de Ley de Amnistía en México, ésta presenta diferencias con las leyes promulgadas en otros países, en virtud de que la ley mexicana no tiene origen en cuestiones políticas derivadas de gobiernos anteriores, pues el motivo principal es el gran problema de delincuencia que vive el país, como lo demostró un estudio que realizó el INEGI el cual arrojó datos de cómo las cárceles están saturadas por delitos menores, en una relación de pobreza con injusticia y marginación con denegación de justicia, producen miles de personas privadas de la libertad, por lo que la Ley de Amnistía vendría a ayudar a liberar a personas que sus delitos son menores y no pudieron obtener su libertad la pobreza y marginación que viven.

Tomando como base los análisis del INEGI, la propuesta de Ley de Amnistía en su artículo primero propone decretar la Amnistía por cinco delitos, como son: (i) el aborto, cuando se impute a la madre del producto del embarazo interrumpido, o se impute a los médicos o parteros, cuando es llevado sin violencia; (ii) delitos contra la salud, cuando se trate de posesión o transporte de narcóticos, o por haber prestado ayuda con los mismos propósitos, o cuando los hayan cometido por su situación de pobreza o de extrema vulnerabilidad, o cuando haya sido obligada por su pareja sentimental; (iii) delitos cometidos por personas pertenecientes a las comunidades indígenas y que no hayan sido garantizados sus derechos, como el de contar con un traductor; (iv) el delito de robo simple y sin violencia que no amerite pena privativa de la libertad por más de cuatro años; y finalmente (v) el delito de sedición, porque haya invitado, instigado o incitado a la comisión de delitos impulsados por cuestiones políticas.

No se concederá el beneficio a quienes hayan cometido delitos contra la vida, la integridad física, secuestro, o hayan utilizado armas de fuego, o que hayan cometido delitos graves, con esta restricción se calmaron las críticas de muchos grupos de personas que fueron dañados por este tipo de delincuentes.

La propuesta de Ley es más concreta que el proyecto inicial, con lo cual se hace factible su aplicación y menos riesgosa la liberación de las personas que se encuentran en los supuestos de la Ley, y con la cual obtendrán su liberación, por lo que esperamos que muchas personas se vean beneficiadas y que retomen su vida normal fuera de las redes de la delincuencia, ya que si reinciden no obtendrán nuevo perdón, habrá que esperar los resultados.