Mónica Garza

La CNDH sepultó de nuevo a Tadeo

GENTE COMO UNO

Mónica Garza *Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Mónica Garza 
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Por:

Si fuera verdad eso de que en la vida todos tenemos una misión, duele pensar que la del bebé Tadeo estaba en su muerte, con la que exhibió el estado de descomposición en el que está México en sus rincones más invisibles, ahí donde ese bebé se murió tres veces.

La primera, el 6 de enero, cuando perdió la batalla contra un problema digestivo que acabó con su vida en un hospital de Iztacalco.

La segunda, 4 días después, cuando su cuerpo fue exhumado de su tumba y luego abandonado en el basurero de un penal en Puebla.

Y la tercera, cuando las autoridades hicieron de su caso la papa caliente que nadie quiere sostener entre las manos, ahí donde se violan leyes, protocolos, reglamentos, se desdeña la situación y se sigue culpando al pasado.

“… y para aquellos que sienten que pueden desestabilizar a nuestro estado con hechos delictuosos que sepan que nosotros esclarecemos todo” dijo el gobernador Miguel Barbosa.

Ojalá que así sea, porque luego de la sorprendente decisión que tomó la Comisión Nacional de Derechos Humanos de NO atraer el caso, cabe la duda del rumbo que esté tomando esta historia, al parecer obedeciendo más a acuerdos políticos, que ajustando cuentas con la justicia.

“…desde el primer momento esta Comisión tuvo contacto inmediato con las autoridades del estado y al tener certidumbre de que se estaba trabajando decidimos no atraer el caso, nunca lo hicimos, y por tanto tampoco hicimos investigaciones por nuestra cuenta…” dijo la presidenta Rosario Piedra Ibarra.

Sólo que su dicho va contra lo establecido en la propia norma de la CNDH, que en su artículo 60 establece que puede intervenir en un caso si considera que el asunto es importante y el organismo estatal puede tardar demasiado en expedir su Recomendación.

Por otro lado, el artículo 14 del reglamento interno de la Comisión, claramente menciona que la atracción “podrá ejercerse cuando se trate de una presunta violación a derechos humanos, que por su naturaleza trascienda el interés de la entidad federativa e incida en la opinión pública nacional, siempre y cuando la naturaleza del asunto resulte de especial gravedad”.

Personas llevan flores al panteón de San Nicolás Tolentino, en Iztapalapa, de donde fue exhumado el bebé Tadeo.
Personas llevan flores al panteón de San Nicolás Tolentino, en Iztapalapa, de donde fue exhumado el bebé Tadeo.Foto: Cuartoscuro

Todos criterios perfectamente aplicables al caso de Tadeo, donde quedan involucradas responsabilidades en 3 entidades: la Ciudad de México, el estado de Puebla y el Estado de México, por lo que de Oficio el expediente debería ser abierto por la CNDH, haya o no haya queja.

Por eso la suspicacia resulta inevitable, ¿acaso en el actuar de la CNDH intervienen acuerdos condicionados a intereses políticos o partidistas? ¿o existe algún otro criterio selectivo sobre qué casos atraer y cuáles no?

“Hemos actuado con seriedad y responsabilidad en el caso del bebé Tadeo, porque la defensa de los derechos humanos que hacemos, que debe hacerse, no es mediática ni de competencia por protagonismos”, dijo también la titular de la CNDH.

Cabe recordar que entre 2020 y 2021, la Comisión atrajo 11 casos de los cuales varios fueron de orden meramente local, que tuvieron impacto nacional y fueron muy mediáticos; el más reciente de ellos es el de la detención en Veracruz de José Manuel del Río Virgen, secretario de la Jucopo en el Senado (señalado por homicidio doloso calificado).

Un hecho local, que se convirtió de interés nacional por su impacto mediático y que pronto saltó a la lupa de la CNDH por “posibles actos u omisiones cometidos por parte de servidores públicos de la Fiscalía General del estado de Veracruz”.

El caso de Giovanni López, joven que murió en una “ejecución extrajudicial”, luego de haber sido detenido en Jalisco y víctima de brutalidad policial. Caso también mediático y urgente, pero sin alcance interestatal. Sin embargo sí fue atraído por la CNDH.

Dos más: en marzo de 2021, atrajo el caso de la muerte de la mujer de origen salvadoreño a manos de policías municipales de Tulum, y también el del brutal ataque con ácido sufrido por María Elena Ríos en Oaxaca, en septiembre de 2019; ambos hechos de orden local pero que generaron un impacto nacional y mediático.

¿Entonces por qué no atraer el caso de Tadeo? si es interestatal, de relevancia mayor y de interés nacional. Más bien, no hay justificación para no atraerlo.

El órgano tiene las atribuciones para emitir medidas cautelares oportunas y dar seguimiento a la investigación del caso, tiene la atribución de investigar sobre las propias investigaciones de las fiscalías y es necesario para brindar justicia a las víctimas.

Se trata de justicia para la familia de Tadeo, que merece la intervención de un organismo que sea sensible e imparcial, no omiso ni burocrático. Que haga su trabajo en favor de las víctimas, que son la primera razón de su existencia.