La alcaldía Cuauhtémoc informó que se intervino en 140 establecimientos que invadían vías secundarias de las colonias Hipódromo, Condesa, Roma Norte y Roma Sur; además, se realizó el retiro de 20 pérgolas que no cumplían con la normatividad aplicable en la materia.
A través de un comunicado, la alcaldía detalló que se mantiene una revisión constante de enseres y pérgolas de establecimientos en la demarcación, por lo que todas las semanas se implementan operativos en donde se concentran la mayor parte de éstos.
“Los operativos de retiro de enseres se llevan a cabo en respuesta a solicitudes vecinales y a los recorridos realizados en colaboración con integrantes de Comisiones de Participación Comunitaria (Copaco)”, especificó la demarcación.
Durante los recorridos se apercibe por escrito a responsables de establecimientos y se otorga un plazo de 24 horas para que exhiban su aviso de colocación de enseres ante la autoridad competente.
En caso de omisión o incumplimiento de la normatividad, se realiza el retiro de los enseres del establecimiento, conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo y la Ley de Establecimientos Mercantiles.
¿Qué dice la Ley sobre enseres en la vía pública?
De acuerdo al artículo 2, fracción Xl de la Ley de Establecimientos Mercantiles, los enseres son aquellos “objetos necesarios para la prestación del servicio en los establecimientos mercantiles, como mesas, sillas, sombrillas, o cualquier instalación desmontable que se encuentre en la vía pública, siempre que no se hallen sujetos o fijos a ésta”.
Para su instalación, las mesas y sillas deben ser resistentes, sin colores llamativos, y las sombrillas deben ser uniformes y tener al menos 2.20 metros de altura. En el caso de calefactores, solo se permiten los eléctricos o de pellets, los de gas están prohibidos.
En cuanto al espacio para peatones, debe dejarse un mínimo de dos metros libres, sin obstruir rampas ni accesos.
Los enseres no podrán ocupar más del 75 por ciento del aforo de la vía pública. Su colocación deberá realizarse en la esquina de la banqueta, a no menos de 5 metros de la intersección de la calle.
Si se ocupan cortinas o carpas, éstas deberán estar descubiertas permanentemente y deberán ocupar un mínimo de 1.5 metros de distancia entre cada enser.
El aviso para la colocación de enseres se tramita a través de la plataforma del SIAPEM, responsable de la autorización de los permisos por parte de la Secretaría de Desarrollo Económico (Sedeco).
cehr