El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) emitió este 18 de mayo los cinco principales lineamientos que garantizarán el principio de imparcialidad para las revocaciones de mandato de diputados, alcaldes y concejales electos en el proceso electoral capitalino 2023-2024.
El primer punto especifica que tanto la persona sujeta al procedimiento, como las personas solicitantes, tendrán la oportunidad de realizar actividades de promoción o expresar opiniones favorables o negativas de la revocación de mandato, siempre que no empleen recursos públicos o realicen actos de campaña.
En este sentido, la única autoridad facultada para promover la participación ciudadana con fines informativos será el IECM, por lo que alcaldías, partidos políticos o cualquier organización del sector público deberá abstenerse de impulsar la jornada electoral.
IECM prohíbe el uso de recursos públicos para promoción
Igualmente, entre los lineamientos anunciados por el instituto se especifica que quedará prohibido el uso de recursos públicos para realizar cualquier tipo de promoción vinculada a la revocación de mandato. Además, ninguna entidad pública podrá utilizar sus tiempos oficiales en medios de comunicación para difundir alguna postura del proceso.
También se considera que, entre la emisión de la convocatoria y la conclusión de la jornada electoral de revocación de mandato, no podrá difundirse propaganda ligada a acciones de gobierno de ningún funcionario público sujeto a este proceso electoral.
Por último, a fin de evitar el condicionamiento del sufragio, ninguna autoridad inmersa en la jornada de votación podrá utilizar programas sociales o entregar beneficios que puedan influir en la opinión ciudadana.
Jornada se realizaría el 23 de agosto
Conviene resaltar que la jornada consultiva se realizaría el próximo 23 de agosto, siempre y cuando los solicitantes reúnan el 10 por ciento de firmas correspondientes al listado nominal dentro de la demarcación.
Para que cada votación sea vinculante, debe haber una participación mínima del 40 por ciento, mientras que para conseguir la destitución de cualquier alcalde, concejal o diputado, al menos un 60 por ciento de electores deben votar a favor de revocar el mandato sujeto a consulta.
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cehr
