A partir del 6 de septiembre

CDMX amplía horarios de antros y cantinas con venta de bebidas alcohólicas

Establecimientos mercantiles cuyo giro principal sea la venta de bebidas alcohólicas podrán operar hasta las 12:00 horas; permiten aforo de 75% en conciertos

Personas de la CDMX sentadas en las mesas instaladas en el exterior de un bar, como medida para prevenir contagios por COVID-19
Personas de la CDMX sentadas en las mesas instaladas en el exterior de un bar, como medida para prevenir contagios por COVID-19FOTO: Cuartoscuro
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A partir del lunes 06 de septiembre los establecimientos mercantiles, cuyo giro principal sea la venta o distribución de bebidas alcohólicas en envase abierto o al copeo (bares, cantinas, antros, discotecas u homólogos), así como salones de fiesta, podrán operar hasta las 12:00 horas con un aforo máximo de 50 por ciento, informó el Gobierno de la Ciudad de México.

En la Gaceta Oficial publicó que los establecimientos deben priorizar el uso de terrazas o espacios al aire libre, con el objetivo de evitar la propagación de contagios entre los asistentes.

Permiten aforo de 75% en eventos deportivos, culturales, conciertos...

Además, eventos deportivos, culturales, espectáculos, conciertos u homólogos podrán operar con un aforo máximo de hasta 75 por ciento conforme a su permiso de funcionamiento.

Los establecimientos mercantiles cuyo giro preponderante sea la venta de alimentos preparados continuarán con las reglas previstas en el Programa de Colocación de Enseres e Instalaciones en vía Pública para Establecimientos Mercantiles.

Los corporativos y oficinas del sector privado pueden operar con un aforo de hasta 80 por ciento de su plantilla laboral, respetando los lineamientos de la Nueva Normalidad de la Ciudad de México.

En la reapertura de las actividades se debe cumplir la colocación de filtros sanitarios para la detección de síntomas y toma de temperatura al ingreso del personal, proveedores y clientes. 

No se permitirá la entrada a quienes presenten temperatura mayor a 37.5 grados, así como uso obligatorio de cubrebocas, dispensadores de gel antibacterial con fórmula de 70 por ciento de alcohol y habilitación de ambos sentidos para circulación en entrada y salida.

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