Movilidad CDMX

¡Cuidado! Éstas son las nuevas sanciones del Reglamento de Tránsito de la CDMX

Los lineamientos son más estrictos con infractores de vehículos foráneos y reincidentes

Las penalizaciones son más estrictas con las personas reincidentes, es decir, que hayan acumulado cinco o más infracciones.
Las penalizaciones son más estrictas con las personas reincidentes, es decir, que hayan acumulado cinco o más infracciones.Foto: Cuartoscuro
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El Gobierno de la Ciudad de México actualizó el Reglamento de Tránsito mediante el reforzamiento de las sanciones para los actores de la movilidad, por lo que habrá nuevas multas, especialmente para vehículos foráneos y los que sean reincidentes.

Para los vehículos con placas foráneas, en el reglamento anterior, cuando estas unidades cometían alguna falta en zonas con parquímetros, no eran acreedores de una multa, más que sólo la del inmovilizador y el arrastre al corralón; en el nuevo reglamento, si cometen faltas como no pagar el parquímetro, no tener el recibo en una parte visible del auto o que el auto esté estacionado fuera del cajón, deberán pagar una infracción de cinco, siete o diez veces la unidad de cuenta, lo que significa que la multa podría llegar hasta los 896 pesos.

Asimismo, aquella persona que retire inmovilizadores a autos foráneos sin que el infractor hubiese cubierto los adeudos registrados en el sistema de infracciones del Gobierno de la Ciudad de México, será sancionada con una multa de 40 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (3 mil 584 pesos).

Para los autos particulares, los conductores y ocupantes de los vehículos que no sujeten el volante con ambas manos o permitan que otro pasajero tome el volante, tendrán una multa equivalente a cinco, siete o 10 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (de 448 a 896 pesos) y un punto de penalización a la placa de matrícula.

La misma multa aplicará para quienes no se aseguren de que los pasajeros usen correctamente el cinturón o que no enciendan luces cuando haya poca visibilidad por las condiciones climáticas.

En el reglamento anterior, no eran acreedores de multas los vehículos que sin que fuera de noche, utilizaban luces auxiliares de niebla delanteras y/o traseras. Ahora, los que lleven luces de este tipo en condiciones que no lo ameriten, tendrán una multa de cinco a 10 veces la unidad de cuenta, es decir que pagarán hasta 896 pesos.

En este nuevo reglamento, las penalizaciones son más estrictas con las personas reincidentes, es decir que hayan acumulado cinco o más infracciones. El documento señala que, a partir de la quinta infracción, siempre se impondrá la sanción máxima contemplada en el artículo correspondiente.