El ADN de la primera Constitución CDMX

El ADN de la primera Constitución CDMX
Por:
  • manuel_lopez_san_martin

Seguimos con el detalle de lo aprobado por la Asamblea Constituyente, como primera Constitución de la CDMX.

En las dos entregas anteriores, ya hemos hablado de los capítulos de Principios Generales, Carta de Derechos, Desarrollo Sustentable y Planeación democrática, y Ciudadanía y participación democrática. Le seguimos.

En Procuración de Justicia y Organismos Autónomos, lo aprobado desaparece la PGJ y la transforma en Fiscalía General, cuyo titular ya no será designado por el Jefe de Gobierno, sino por un consejo ciudadano que propondrá una terna de candidatos para que el mandatario capitalino elija 3 y el Congreso de la CDMX ratifique. En el mismo rubro, se separa al Consejo de la Judicatura del Tribunal Superior de Justicia que hasta ahora, comparten presidente.

También, se conformará un consejo ciudadano que será el encargado de nombrar a titulares de organismos autónomos, como Instituto Electoral o Comisión de Derechos Humanos.

En el capítulo de Alcaldías, figura que desplazará a las jefaturas delegacionales, se detalla que, a diferencia de las delegaciones, gozarán de autonomía de gestión y planeación, y podrán ejercer con libertad el presupuesto designado. Además, tendrán 42 facultades que las delegaciones no tenían, como encargarse del tema de obra pública, desarrollo económico y rescate del espacio público. También, participarán activamente en temas de seguridad pública, lo que antes sólo era responsabilidad del Gobierno capitalino.

Cada una contará con un Concejo electo, de entre 10 y 15 personas de distintos partidos, que serán el contrapeso de los alcaldes, aunque sus decisiones no serán vinculatorias.

En el apartado de Pueblos y Barrios Originarios -el único aprobado por unanimidad de toda la Constitución-, que requirió de una consulta ciudadana a los pueblos, barrios originarios y comunidades indígenas residentes, se apunta la autonomía de pueblos y barrios, y se les reconoce la libre autodeterminación.

Las autoridades y representantes de los pueblos y barrios, serán elegidas de acuerdo con sus propias normativas y procedimientos, a administrar sus bienes comunitarios y salvaguardar sus espacios públicos y comunitarios.

Por último, lo que toca a Buen Gobierno y combate a la corrupción, se establece el servicio Profesional de Carrera en la administración pública local, y se plasma el principio de austeridad para los gobiernos centrales y locales.

Se elimina –y se sancionará- cualquier tipo de bono extra a la remuneración de servidores públicos, y prestaciones adicionales a las de ley, lo que impide que incluso legisladores se den dinero extra del presupuesto público.

La declaración 3de3 será obligatoria para personas físicas y morales y se genera un sistema anticorrupción. Además, se elimina el fuero. Y, en toda la Constitución, se establece la obligatoriedad de la paridad de género y la accesibilidad para personas con discapacidad.

Hasta ahí lo sustancial, lo que dice el texto aprobado como primera Constitución. De la grilla y el análisis, nos ocupamos el lunes.

-Off the récord

El detalle fino vendrá ahora con las leyes secundarias y reglamentarias. Una vez promulgada el domingo 5 de febrero –mismo día en que cumple 100 años la Constitución- por Miguel Ángel Mancera, la pelota estará en la cancha de la ALDF que pronto dejará de llamarse así, para convertirse en Congreso de la CDMX.

m.lopez.sanmartin@gmail.com

Twitter: @MLopezSanMartin