¿Qué hacer con el aguinaldo?

¿Qué hacer con el aguinaldo?
Por:
  • larazon

CARTA DE PRESENTACIÓN.

Nos estamos acercando a la fecha de los aguinaldos; no estoy hablando de los dulces multicolores que se reparten durante las posadas, sino de ese dinerito extra que está por llegar a nuestros bolsillos.

Antes de emocionarnos, resumamos como se calcula el aguinaldo que recibiremos según la Ley Federal del Trabajo, que establece que los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual que debe pagarse antes del 20 de diciembre.

La ley establece que el aguinaldo debe de ser equivalente, por lo menos, a quince días de salario; los trabajadores que no hayan cumplido un año laborando tienen derecho a una parte proporcional.

Hay empleadores que pagan el aguinaldo en dos exhibiciones; normalmente una a principios de año y la otra en diciembre, así que no se espanten infundadamente si el cheque decembrino no llega por el 100 por ciento del monto esperado. En caso de duda, acérquese a su área de Recursos Humanos y pregunte cual es la mecánica para el pago.

En el caso de trabajadores con sueldo variable y comisionistas, la base para el pago del aguinaldo es sobre el promedio de los salarios percibidos durante el año o de la parte proporcional de no haber alcanzado el año completo.

Tratándose de quienes perciben salarios mixtos, se toma en cuenta el salario fijo que se percibe en el momento de su otorgamiento, más el promedio anual variable.

Para quienes tienen un salario por unidad de obra o a destajo se toma como salario diario el promedio de las percepciones obtenidas en los últimos 30 días trabajados antes del pago del aguinaldo.

Aquellos que sean trabajadores al servicio del Estado, tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a 40 días del salario.

 Ok, ya sabemos cómo calcular nuestro aguinaldo según nuestra situación laboral. Pero espere, aún no es momento de salir de compras, no olvide que de acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta, el aguinaldo es un ingreso gravable que, sin embargo, está exento del pago de impuestos hasta por el equivalente de 30 días de salario mínimo del área geográfica del contribuyente.

Bien, ahora que ya hicimos las deducciones tenemos una cifra final. El siguiente paso antes de salir a gastar es hacer un presupuesto basado en las siguientes cinco preguntas:

1. ¿Tengo créditos (deudas) que pueda pagar? Pues adelante, liquidémoslas.

2. ¿Tengo un ahorro o inversión para algún proyecto, emergencia, o para mi retiro? Si no lo tiene, es muy recomendable pensar en instrumentos que nos ayuden a alcanzar esas metas.

3. ¿Mi familia y patrimonio están asegurados? Si la respuesta es “no”, considere la importancia de contar con un seguro de gastos médicos mayores, de vida, de casa, y de automóvil, entre otros.

4. ¿Tengo hijos? Si la respuesta es afirmativa, recuerde que en enero tendrá que realizar gastos importantes en este rubro. Su aguinaldo bien podría ser la solución.

5. ¿Me sobra dinero? ¡Pues a darse un gusto!

Si ese gusto, o parte de él, va a ser a crédito busque que no le pese el pagarlo para no afectar después la calidad de Reporte de Crédito. Recuerde que su historial crediticio es su carta de presentación ante el mundo del crédito.

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