Partido mayoritario pretendía control, acusan

Por "desequilibrio en la democracia", SCJN frena la Reforma Electoral de Tabasco

Suprema Corte declara inconstitucional la iniciativa en Tabasco que reducía de 14 a 8 el número de diputados de representación proporcional; la considera un “desequilibrio en la democracia representativa”

Suprema Corte frena Reforma Electoral de Tabasco bajo el argumento de un “desequilibrio en la democracia representativa”.
Suprema Corte frena Reforma Electoral de Tabasco bajo el argumento de un “desequilibrio en la democracia representativa”.Foto ilustrativa: Especial
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Hoy, bajo el argumento de un “desequilibrio en la democracia representativa”, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la Reforma Electoral de Tabasco que reducía de 14 a 8 el número de diputados de representación proporcional.

La Reforma Electoral de Tabasco, aprobada en 2021, pretendía reducir las diputaciones de 35 a 29: al menos 21 de mayoría relativa y ocho de representación proporcional, lo cual daría al partido mayoritario el control del Congreso y de esta manera se evitaba que las minorías pudieran impugnar sus decisiones.

"Las minorías se verían avasalladas con este modelo de integración del Congreso", explicó la ministra presidente de la Suprema Corte, Norma Lucía Piña Hernández, una de los ocho ministros que votaron por invalidar la reforma.

En 2021, Morena ganó las 21 diputaciones de mayoría relativa; por esta razón, partidos de oposición se repartieron las diputaciones de representación proporcional: seis del PRD, cuatro del PRI, tres del PVEM y una para Movimiento Ciudadano.  

Si para las próximas elecciones de 2024 esta reforma fuera válida "Morena hubiera controlado el 72.5 por ciento del Congreso, dejando a los demás partidos con solo el 27.5 por ciento de los asientos, posiblemente incluyendo entre estos a aliados del partido gobernante", dijo el ministro Luis María Aguilar, quien también señaló que esa cantidad de diputaciones de oposición es insuficiente para presentar acciones de inconstitucionalidad ante la Corte.

Alfredo Gutiérrez Ortíz Mena, ministro autor del proyecto votado por la Corte, replicó que las entidades federativas son libres de reducir el número de integrantes de sus congresos locales; sin embargo, el problema en Tabasco fue que sólo querían reducir el número de plurinominales.

“Las entidades federativas están obligadas por la Constitución a establecer un sistema que prevea ambos principios —mayoría relativa y representación proporcional— y una relación razonable entre ambos”, declaró Gutiérrez Ortíz Mena.

“Las entidades federativas están obligadas por la Constitución a establecer un sistema que prevea ambos principios —mayoría relativa y representación proporcional— y una relación razonable entre ambos”

Alfredo Gutiérrez Ortíz Mena, ministro de la SCJN

Solo nueve de los 11 ministros estuvieron presentes en la sesión. Loretta Ortíz fue la única que votó por la constitucionalidad de dicha reforma, al argumentar que cumplía con el “fin constitucionalmente válido” de ahorrar dinero.

Otro ministro que votó a favor de la constitucionalidad de la reforma fue el Arturo Zaldívar, pero cambió su voto para obtener la mayoría necesaria para invalidar la reforma.

El gobernador de Tabasco, Carlos Manuel Merino Campos, dijo que, aunque no comparta la determinación de la Corte, la acatará.

“Yo puedo estar en contra de la no reducción de los diputados plurinominales, porque nosotros defendemos la Reforma Electoral en los términos planteados por el señor Presidente, pero la acato si no va como yo la quiero”, expuso.

El mandatario estatal, expresó no estar convencido de la resolución de la Corte, ya que la propuesta era un punto medular no sólo a nivel local, sino a también nacional, reiterando que se podría reducir el número de diputados porque el trabajo legislativo se puede efectuar con la mitad o menos.

En cuanto a que ya no se dará el ahorro que se estimaba en los gastos que generan los diputados plurinominales, Merino Campos planteó que “no sólo el ahorro, sino que la gente para ser representada debe de manifestarse y votar en una democracia directa. Los diputados pluris han sido una forma que benefició igual a muchos miembros prominentes de los antiguos partidos dominantes”.

cehr