Hasta que termine su gestión

Francisco Javier García Cabeza de Vaca mantiene fuero

Francisco Javier García Cabeza de Vaca mantiene la protección constitucional; no puede ser sujeto de ningún procedimiento de naturaleza penal

Francisco Javier García Cabeza de Vaca, gobernador de Tamaulipas.
Francisco Javier García Cabeza de Vaca, gobernador de Tamaulipas.Foto: Cuartoscuro
Por:
  • Jorge Butrón

El Congreso de Tamaulipas informó que el gobernador del estado, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, mantiene la protección constitucional y no puede ser sujeto de ningún procedimiento de naturaleza penal.

De acuerdo a la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ninguna autoridad judicial o ministerial puede generar “actos de molestia o privativos” en su contra que obstaculicen el desarrollo de sus funciones como gobernador.

Por ello, el Congreso de Tamaulipas actuó bajos sus facultades y no homologó la decisión de la Cámara de Diputados de retirar el fuero al mandatario estatal. El Poder Legislativo local en acatamiento del artículo 111 constitucional y en ejercicio pleno de su autonomía, procedió como consideró que correspondía.

Decidió no retirar ‘la protección o inmunidad procesal penal’ al gobernador estatal a quien se le imputa la probable comisión de un delito federal. Por el momento, determinó que no se pusiera a disposición de las autoridades federales al titular del Poder Ejecutivo local.

Comunicado del Congreso de Tamaulipas sobre la determinación de la SCJN.
Comunicado del Congreso de Tamaulipas sobre la determinación de la SCJN.Foto: Especial.

Esta tarde, la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó una controversia contra el desafuero del mandatario estatal.

Al resolver la controversia constitucional interpuesta por el Congreso de Tamaulipas en contra de la Cámara de Diputados que aprobó el juicio de procedencia para quitar el fuero al mandatario panista, el ministro Juan Luis González Alcántara resolvió que Cabeza de Vaca seguirá fungiendo en el encargo para el que fue electo en 2016.

"Se declara que no procede la homologación de la declaración de la procedencia emitida por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en contra de Francisco Javier García Cabeza de Vaca, gobernador constitucional del estado libre y soberano de Tamaulipas.

"Se reconoce al C. Francisco Javier García Cabeza de Vaca su calidad de gobernador constitucional de Tamaulipas, de ahí que debe seguir fungiendo en el encargo público para el que fue electo en el año 2016 por la voluntad de la mayoría de la ciudadanía en Tamaulipas", estableció el ministro.

Al resolver el expediente 50/2021, González Alcántara decidió no entrar al estudio del fondo de la controversia constitucional promovida por el Congreso de Tamaulipas en contra de la Cámara de Diputados sobre el proceso de desafuero contra García Cabeza de Vaca.

Argumentó que no existe conflicto competencial entre ambas partes, ya que el Congreso tamaulipeco, en ejercicio de sus atribuciones dispuestas en el artículo 111 constitucional, "decidió no homologar la declaración de procedencia que emitió la Cámara de Diputados, por lo que estima que la determinación impugnada no afecta materialmente la decisión tomada por el Poder Legislativo de la entidad federativa.

"Ello es así, sobre todo, considerando que el propio Poder actor argumenta no impugnar la declaratoria de procedencia emitida por la Cámara de Diputados, sino únicamente los efectos supuestamente pretendidos por la misma, que ya se señaló no se desprenden de ésta", establece la resolución.

El ministro consideró que no existe una afectación en la esfera de atribuciones del Poder Legislativo promovente, pues para resentir un agravio era indispensable que se hubiera obstaculizado el ejercicio de su ámbito competencial o que éste se viera mermado, lo cual no se desprende del escrito presentado por el Poder actor ni de los antecedentes por el traídos a cuenta.

"En estas condiciones, lo procedente es desechar la demanda promovida por el Poder Legislativo del Estado de Tamaulipas por falta de interés legítimo, sin que esta determinación prejuzgue sobre la culpabilidad o no respecto del ilícito que se relaciona, pues existe la oportunidad de llevar a cabo el procedimiento penal una vez que el servidor público concluya en su cargo", agregó.

Por lo anterior, "se desecha de plano, por notoria y manifiesta improcedencia, la demanda presentada en vía de controversia constitucional por el Poder Legislativo de Tamaulipas (...) Una vez que cause estado este auto, archívese el expediente como asunto concluido", finalizó Juan Luis González.