Como se esperaba, el INE tiene previsto dejar en claro que no tiene facultades para revocar candidaturas en la elección judicial. Lo anterior, porque en la reforma en la materia no le dieron la tarea de revisar perfiles, sino a los comités de evaluación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. “Este instituto no cuenta con atribuciones para que en segunda instancia, revoque o cancele la postulación realizada por algún Poder la Unión, ya que es un acto legal y válidamente emitido”, advierte el Instituto en el proyecto de respuesta que dará a la impugnación que hizo un exsargento contra la postulación a la Corte de César Gutiérrez Priego. Así que ya hay que irse haciendo a la idea, nos comentan, de que esta misma será la respuesta en el caso de las 26 candidaturas impugnadas por el Congreso. Si acaso se ofrecerá revisar, una vez efectuada la elección y sólo en caso de que ganen, si cumplen con requisitos de elegibilidad, y si no, revocarles el triunfo. Pendientes.