Relevante, nos comentan, una resolución reciente de la Corte, en la que se favoreció el interés superior de la niñez en un caso que, nos aseguran, sentará precedente. Se trata de un amparo con el que una madre pidió ayuda, porque tras su divorcio, el padre de su hijo dio la casa, en la que la mujer y su hijo diagnosticado dentro del espectro autista habitaban, a su nueva esposa. Los tribunales que atendieron en primera instancia el caso dieron la razón a la nueva dueña con fundamento en el derecho de propiedad. Sin embargo, al llegar a los ministros, éstos, a propuesta de la ministra Yasmin Esquivel, decidieron de manera unánime que un juez no puede ordenar un desalojo porque, en el caso, el inmueble está vinculado a la obligación alimentaria de un padre hacia un menor que, además, tiene una discapacidad. En este asunto, nos aseguran, la Corte juzgó bajo una perspectiva de infancia, discapacidad y género. Ahí el dato.
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