Durante los dos años posteriores a la conclusión de su encargo, Mónica Soto estará impedida legalmente para desempeñar o ser designada en cargos públicos por los poderes Ejecutivo o Legislativo cuya elección calificó, de acuerdo con el artículo 18 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales; además, si acepta, “se convertiría en delincuente electoral”.
Javier Martín Reyes, abogado constitucionalista y especialista en derecho electoral por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), señaló que esta disposición busca proteger la independencia de los juzgadores electorales.
En el caso de Soto Fregoso, quien renunció a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Martín Reyes recordó que ella presidió el tribunal durante la calificación de la elección presidencial de 2024, que dio el triunfo a Claudia Sheinbaum, además de participar en resoluciones relacionadas con la elección del Senado.

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Explicó que la restricción alcanzaría un eventual nombramiento en el Servicio Exterior Mexicano, pues los embajadores y cónsules generales son propuestos por la Presidencia de la República y requieren la ratificación del Senado.
“La Constitución es clara en el (artículo) 89, de que la facultad de nombrar a los cónsules es de la Presidenta con ratificación del Senado, es decir, son cargos ejecutivos y legislativos quienes hacen ese tipo de designaciones”, explicó.
En consecuencia, dijo, la magistrada no podría aceptar un cargo de ese tipo durante los dos años siguientes a la conclusión de su encargo, debido a que participó en la calificación de las elecciones de la Presidenta y de los integrantes del Senado.
“El artículo 18 dice que si tú participaste en la validación de una elección de algún tipo Legislativo o Ejecutivo, pues esas personas cuya elección validaste no te pueden luego nombrar”, señaló.
El constitucionalista sostuvo que la norma busca evitar que los juzgadores electorales tomen decisiones considerando la posibilidad de recibir un cargo público.“Los juzgadores deben decidir a partir de lo que dice la Constitución y de la ley, no de su interés en que luego les den un hueso (los que ocupen) aquellos cargos que están validando”, afirmó.
Javier Martín Reyes advirtió que un eventual nombramiento de Mónica Soto podría tener consecuencias penales para ella y colocarla en una situación inédita:
“Si llegara a aceptar un cargo en el Ejecutivo o un consulado, la expresidenta del Tribunal Electoral se convertiría en delincuente electoral”, concluyó.
La ley establece que esta restricción también aplica a magistrados electorales federales o locales, consejeros electorales nacionales o locales, al secretario ejecutivo del INE y a quienes ocupen cargos equivalentes en los organismos públicos locales electorales.
Durante los dos años siguientes a la conclusión de su encargo tampoco pueden asumir dirigencias partidistas ni ser postulados a cargos de elección popular.
Para quienes incurran en alguno de estos supuestos, el artículo 18 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales establece una sanción de 400 a 800 días de multa.
No contempla pena de prisión para estas conductas, a diferencia de otros delitos previstos en la misma legislación.
La salida de Soto dejará a la Sala Superior con cinco magistraturas rumbo al proceso electoral de 2027.
Aprueban renuncia vía fast track a magistratura
| Por Tania Gómez |
La Comisión Permanente del Congreso aprobó vía fast track la renuncia de Mónica Soto como magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en medio de críticas de la oposición por la falta de análisis sobre si la salida cumplía con el requisito de una “causa grave”.
Con 26 votos a favor de Morena, PT y PVEM, cinco en contra de PAN, PRI y MC, y cinco abstenciones del PAN, la mayoría avaló como asunto de urgente y obvia resolución la renuncia de Soto Fregoso, quien fijó el 31 de agosto como último día en el cargo.
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La carta de renuncia llegó al Senado apenas dos días antes de su discusión en la Permanente, por lo que no fue enviada previamente a comisiones para analizar la causa invocada. La magistrada justificó su decisión en el cierre de “un ciclo profesional y un compromiso familiar”, después de casi una década en la Sala Superior.
La senadora priista Carolina Viggiano cuestionó que no se revisara si la causa cumplía con el requisito constitucional y acusó al oficialismo de debilitar los contrapesos y al árbitro electoral. Advirtió que la Sala Superior quedará con cinco magistraturas y una sola mujer, por lo que no habrá paridad.
El diputado de MC Gibrán Ramírez acusó al oficialismo de resolver “asuntos de gran importancia institucional como si fueran simples trámites administrativos” y calificó el episodio como parte del debilitamiento de las instituciones electorales.
Por el PAN, José Máximo García afirmó que los legisladores fueron llamados a “votar a ciegas” y consideró que agotar un ciclo personal no es una causa grave.
El morenista Cuauhtémoc Ochoa sostuvo que la Constitución no establece un catálogo cerrado de causas graves y que corresponde al Senado valorar cada caso.
Ricardo Monreal reconoció que la renuncia abre una interrogante sobre cómo cubrir la vacante de Soto y la de Janine Otálora, quien dejó el cargo en octubre pasado, debido a que la reforma judicial de 2024 no establece el mecanismo para sustituir magistraturas que no fueron electas por voto popular.

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