Da la razón a la Presidencia ante resolución del Inai

Corte reserva por 5 años información sobre vacunas COVID-19

El máximo tribunal resuelve argumentando motivos de seguridad nacional; difundir información no implica abrirlos para potenciar una amenaza a la aplicación de biológicos, considera

Corte reserva por 5 años información sobre vacunas COVID-19.
Corte reserva por 5 años información sobre vacunas COVID-19.Foto: Especial.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reservó por un plazo de cinco años información sobre la adquisición de vacunas contra Covid-19.

La determinación se da respecto a las resoluciones emitidas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) en el 2021, sobre los contratos correspondientes a las adquisiciones de biológicos.

Debido a ello y por los próximos años, no se sabrá nada sobre la compra de vacunas, ya que la clasificación de la información, dispuesta por la Corte, abarca el periodo de diciembre del 2020 a diciembre del 2025.

El máximo tribunal señaló que “difundir la información no implica la apertura de datos que puedan ser utilizados para actualizar o potenciar una amenaza sobre la aplicación o suministro de la vacuna para la población mexicana”.

En los recursos, el Inai ordenó a la Secretaría de Salud (Ssa) entregar la versión pública de los contratos de compra realizados con las farmacéuticas AstraZeneca, Serum, Pfizer, CanSinoBIO, Sinovac y Sputnik, así como con el mecanismo Covax de la ONU, mientras que los aspectos relativos a las condiciones esenciales de dichos contratos serían reservados por dos años.

Las resoluciones del Inai se ocuparon de los mismos aspectos que ya habían sido analizados el 16 de mayo del 2022 por la Corte, en el recurso de revisión en materia de seguridad nacional previsto en la Ley General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales 6/2021, en el que consideró que “la divulgación de las condiciones esenciales de esos contratos sí podía poner en riesgo la seguridad nacional”.

Por este motivo, el alto tribunal determinó que esa información debía ser clasificada como reservada por un periodo de cinco años, sin que ello impidiera divulgar una versión pública en la que se apreciaran los aspectos que no fueron materia de la reserva o constituyeran información confidencial (datos personales y secreto comercial).

En consecuencia, ayer, la SCJN modificó las resoluciones del Inai para considerar válida la entrega de los contratos señalados en formato de versión pública, pero modificando el periodo de reserva, para establecerlo en cinco años.

Además, el pleno consideró infundados los argumentos de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, relativos a la entrega de información del mecanismo Covax, pues al respecto existe una versión pública ya difundida, elaborada por la Secretaría de Relaciones Exteriores, (SRE) la cual es exactamente igual a la ordenada por el Inai y, por tanto, los datos solicitados ya son públicos.

En abril del 2023, la SCJN confirmó que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) debía hacer pública la documentación sobre la autorización de la vacuna contra Covid-19 “CoronaVac”, de la empresa Sinovac.

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DAN