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Pensión IMSS e ISSSTE: ¿Puedo volver a trabajar sin perder este derecho?

Adultos mayores pueden desear volver a las actividades laborales una vez obtenida una pensión; para ello, el IMSS y el ISSSTE contemplan una serie de lineamientos a partir de los cuales es posible

Adultos mayores que reciban pensión podrían interesarse en volver a trabajar.
Adultos mayores que reciban pensión podrían interesarse en volver a trabajar.Foto: Flickr
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Aunque las personas jubiladas y pensionadas han llegado a un momento de su vida en donde pueden descansar y dedicarse a otras actividades más allá del trabajo, se pueden encontrar en una situación en donde busquen un ingreso extra o sentirse útiles dentro de su entorno, por lo cual piensan en entrar a un nuevo empleo.

Sin embargo, muchas personas de la tercera edad dudan sobre si entrar a un nuevo empleo significaría perder su derecho a su pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ante lo cual la institución contempla una serie de lineamientos que permiten a los pensionados trabajar y mantenerlo.

¿Es posible trabajar sin perder la pensión del IMSS?

De acuerdo con la Ley de Seguro Social de 1973, la cual rige a las personas que en este momento reciben su pensión, es posible que las personas de la tercera edad regresen a trabajar sin perder su derecho cuando cumplan las siguientes condiciones:

  • Esperar seis meses después de haber culminado el trámite de jubilación para reintegrarse a un trabajo
  • No volver al mismo puesto de trabajo que se dejó durante el trámite de jubilación
  • Entrar a un puesto de trabajo cuyo sueldo sea 50 por ciento inferior al último registrado

En el mismo sentido, la Ley de Seguro Social contempla que no se puede utilizar lo generado en el nuevo empleo para incrementar la pensión.

Por el contrario, el trabajador ahora deberá abrir una nueva cuenta en Afore en la que se recibirán los depósitos correspondientes al nuevo empleo, a través de los cuales sólo se podrán realizar transferencias o retiros.

En el mismo sentido, se sugiere que la actividad laboral realizada sea bajo el esquema de honorarios.

¿Qué pasa en el caso del ISSSTE?

Si la pensión que recibe el adulto mayor es por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), los lineamientos son diferentes, pues, en este caso, los jubilados que deseen retomar sus actividades laborales deberán avisar a la institución sobre su decisión.

Así, el ISSSTE suspenderá el pago del derecho hasta que el adulto finalice sus labores, momento en el cual se sumará a la pensión la cantidad obtenida en el nuevo cargo.

AM