Tras resolver amparo

Corte da a fiscalías acceso a patrimonio de funcionarios involucrados en actos de corrupción

La SCJN determinó que “las fiscalías no requieren orden judicial para obtener la información patrimonial de servidores públicos investigados por posibles actos de corrupción o enriquecimiento ilícito”

Corte da a fiscalías acceso a patrimonio de funcionarios involucrados en actos de corrupción.
Corte da a fiscalías acceso a patrimonio de funcionarios involucrados en actos de corrupción.Foto: Cuartoscuro
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó la solicitud de amparo interpuesta por el exfuncionario del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Héctor Taurino Landa Cabrera. A la par la Corte dio luz verde a las fiscalías para que puedan acceder a patrimonio de funcionarios involucrados en presuntos actos de corrupción.

El imputado trabajó en el SAT desde 2011, y fue Administrador Central de Coordinación Estratégica de la Administración General de Grandes Contribuyentes, hasta 2018, que se reveló que una empresa facturera le regalo una residencia con valor de 15 millones de pesos.

Debido a lo anterior la Fiscalía General de la República (FGR) investigó todos sus bienes y el resultado fue que había adquirido otros inmuebles, arrojando un total de 21.9 millones de pesos, valor que superaba sus ingresos como funcionario en el SAT.

Luego de la referencia de este caso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dijo en sesión en la Primera Sala que “las fiscalías no requieren orden judicial para obtener la información patrimonial de servidores públicos investigados por posibles actos de corrupción o enriquecimiento ilícito”.

La SCJN declaró “constitucional el artículo 70 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, que permite a las dependencias compartir información de funcionarios con las fiscalías, cuando sea necesaria para la investigación y persecución de delitos”.

"Cualquier transmisión de información a un Agente del Ministerio Público como garante de la persecución e investigación de delitos, con relación a la comisión de posibles conductas ilícitas por parte de los servidores públicos relacionadas con las funciones de su encargo, no requiere de un control judicial previo", dijo la Suprema Corte.

La sentencia fue presentada por el ministro Juan Luis González Alcántara, y en sesión, el ministro recordó que en la ley se resalta que, cuando un ciudadano asumen un cargo público, acepta que “tienen la obligación constitucional de presentar declaraciones sobre la evolución de su patrimonio”.

JVR