Ratifica acuerdo de la Comisión de Quejas del INE

TEPJF confirma que AMLO debe abstenerse de actos de propaganda

Magistrados resuelven impugnación presentada por la Consejería Jurídica de la Presidencia; Sala Superior recibe cómputo total y declaratoria de la revocación de mandato

TEPJF confirma que AMLO debe abstenerse de actos de propaganda
TEPJF confirma que AMLO debe abstenerse de actos de propagandaFoto: Archivo Cuartoscuro
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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el presidente Andrés Manuel López Obrador debe abstenerse de realizar comentarios o emitir opiniones que constituyan propaganda gubernamental en el contexto de procesos electorales o del que se realizó de la revocación de mandato.

Además, en sesión pública, la Sala Superior ratificó el reconocimiento de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) para emitir el acuerdo para pedir al titular del Ejecutivo federal que se apegue a la norma constitucional en materia de propaganda gubernamental.

Sin embargo, al resolver la impugnación presentada por la Consejería Jurídica de la Presidencia le dio la razón respecto a que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE no debió emitir un apercibimiento en contra el Presidente por su incumplimiento, bajo la advertencia de una amonestación pública.

“Se considera que le asiste la razón a la parte recurrente, porque fue indebido que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral determinara apercibir nuevamente al Presidente de la República respecto a que de incumplir en sus términos los acuerdos 13 y 18 de la Comisión de Quejas y Denuncias se le impondría una amonestación pública como medida de apremio”, se estableció en la sentencia.

En la sesión, el TEPJF también determinó el desechamiento de un recurso en contra del presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, por el presunto uso indebido de recursos públicos al generar, a través de sus redes sociales, propaganda personalizada a favor de López Obrador y la promoción de la revocación de mandato, a partir de un evento de Morena con motivo de la Reforma Eléctrica.

El PRD presentó un recurso en contra de la decisión de la UTCE del INE, de desechar la queja que presentó en contra del legislador de Morena, quien el 27 de marzo realizó diversas publicaciones sobre la revocación de mandato en su cuenta de Twitter.

Los magistrados revisaron el asunto en el que el propio Gutiérrez Luna reconoció que llevó a cabo una reunión, pero aclaró que fue de militantes de Morena, en la que se habló sobre la Reforma Energética en el entorno del parlamento abierto.

Inicia análisis

Más tarde, el TEPJF informó que recibió el acuerdo del Consejo General del INE sobre el cómputo total y la declaratoria de resultados del proceso de revocación de mandato.

Explicó que, a partir de la recepción de dicho documento, a la Sala Superior le compete, de conformidad con la Constitución y la Ley Federal de Revocación de Mandato, resolver los medios de impugnación que se presenten para controvertir los resultados del proceso, realizar el cómputo final de la votación y, en caso de que se cumplan con los requisitos constitucionales y legales, emitir la declaratoria de revocación de mandato.

Finalmente, señala, notificar los resultados de la revocación de mandato al titular del Poder Ejecutivo Federal, al Congreso de la Unión, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y al INE.

“De esta manera, en esta etapa del proceso de revocación de mandato, el Tribunal Electoral continuará realizando su encomienda constitucional de tutelar los derechos a la participación política, en el referido mecanismo de democracia indirecta”, afirmó.

Pide árbitro a políticos cuidar los procesos locales

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) pidió a los actores políticos cuidar los procesos electorales en los seis estados que actualmente realizan campañas y evitar la propaganda gubernamental.

Al resolver una denuncia que presentó el PRD en contra del Presidente Andrés Manuel López Obrador por la propaganda personalizada en el contexto de su informe por el primer trimestre del año, que realizó el 12 de abril, la comisión negó las medidas cautelares porque se trata de un acto consumado y descartó la tutela preventiva al tratarse de hechos futuros de realización incierta.

Sin embargo, la consejera Claudia Zavala solicitó que, como parte de la resolución, se incluyeran las que emitió previamente sobre este tipo de asuntos la Sala Regional Especializada y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Señaló que el órgano electoral judicial ya dio órdenes de no repetición de este tipo de actos y observó que, no obstante, se vuelven a repetir.

En el mismo sentido se expresó la presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, Adriana Favela, quien subrayó que es fundamental cuidar las elecciones que se realizan en Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas.

“En varias entidades federativas, las seis que tenemos con elecciones, ya tenemos campañas, y hay que tener especial cuidado de que no se esté divulgando algún tipo de propaganda gubernamental, para que no se afecte o influya el desarrollo de las elecciones”, indicó.

avc