Tras decisión de la SCJN

Bloqueo de cuentas de la UIF afecta seguridad para invertir en México: Coparmex

El organismo empresarial indica que el esquema tensiona el principio de presunción de inocencia; “la inversión depende de la certeza en el entorno institucional”, se explicó

Coparmex Foto: Especial

La resolución avalada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) bloquee cuentas cuando detecte posibles operaciones ilícitas o financiamiento al terrorismo, impacta directamente en la estabilidad económica y establece “un precedente delicado” para el Estado de derecho, indicó la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).

En un comunicado, el organismo empresarial indica que el esquema tensiona el principio de presunción de inocencia, al permitir el congelamiento de cuentas basado en indicios, pero sin una resolución judicial previa, lo que coloca a personas y empresas en desventaja para poder defenderse e impacta de manera directa en la certidumbre de los inversionistas.

“La inversión depende de la certeza en el entorno institucional. Cuando una autoridad puede restringir recursos sin control judicial previo, se afecta la confianza de inversionistas nacionales e internacionales. En un contexto de incertidumbre, decisiones que debilitan contrapesos o la protección de activos elevan el riesgo y reducen la disposición para invertir en el país”, refirió la Coparmex.

Añade que este contexto es sensible ante las recientes negociaciones y diálogos entablados en torno al Tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) y la competencia global por capital, ya que la percepción de riesgo es afectada cuando una autoridad restringe activos sin control judicial previo.

El impacto afectará de manera desproporcionada a la micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes), cuya operación radica en la liquidez diaria y se verían afectadas ante un proceso prolongado ante la UIF o tribunales, señala el organismo empresarial.

La Coparmex exhortó al Poder Legislativo y autoridades regulatorias a resolver los vacíos en la norma vigente, para lo cual propuso cinco puntos:

  • Definir con claridad los supuestos que justifiquen un bloqueo de cuentas
  • Establecer un control judicial previo
  • Garantizar la notificación inmediata al titutal
  • Crear un régimen de responsabilidad
  • Incorporar criterios de transparencia

El pasado 6 de abril, la SCJN resolvió con seis votos a favor y tres en contra la acción de inconstitucionalidad 58/2022 y valida la reforma al artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, mediante la cual la UIF puede congelar cuentas sin orden judicial ni solicitud de autoridad extranjera, cuando haya indicios suficientes de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ı Foto: Cuartoscuro

Únete a nuestro canal de WhatsApp. En La Razón enviamos a tu celular lo más importante de México y el Mundo, recuerda que una persona informada siempre tiene La Razón.

LMCT

Temas: