¿Qué dice la LFT?
¿Es legal que me hagan firmar una hoja en blanco en mi trabajo?
En caso de que te quieran hacer firmar una hoja en blanco en tu trabajo, debes saber que estás en todo el derecho de no querer firmarla
Un día, estás muy contento o contenta en tu puesto de trabajo, cuando recibes una llamada inesperada de tu jefe o de la persona encargada del departamento de Recursos Humanos en el lugar donde trabajas. Te dicen informan que lamentablemente has quedado despedido, que es necesario que les firmes antes una hoja en blanco para tramitar tu liquidación. Actúan rápido, sin que tengas tiempo de reaccionar. Tú, de pronto, en un rayo que te ilumina de no sabes dónde, decides no firmar.
Hiciste bien. Como trabajador, debes saber que hay cosas que no puedes permitir y una de ellas es ceder a la presión de verte presionada o presionado a firmar una hoja cuyo contenido es nulo. ¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo al respecto? ¿Es legal?
¿Es legal que me hagan firmar una hoja en blanco en mi trabajo?
Aunque pareciera una práctica poco común, la realidad es que se lleva a cabo más veces de lo que parece. La Ley Federal del Trabajo no menciona específicamente el tema de la firma de la hoja en blanco, pero sí dice la multa que conllevará a quien lleve a cabo este tipo de acciones.
"A todo el que presente documentos o testigos falsos, se le impondrá una pena de seis meses a cuatro años de prisión y multa de 125 a 1900 Unidades de Medida y Actualización. Tratándose de trabajadores, la multa será el salario que reciba el trabajador en una semana", indica el Artículo 1006 en la Ley Federal del Trabajo.
En el Artículo 33, también se menciona que este tipo de documentos no tienen validez legal si no están firmados ante el Centro de Conciliación al Tribunal. "Todo convenio o liquidación, para ser válido, deberá hacerse por escrito y contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y de los derechos comprendidos en él. Será ratificado ante los Centros de Conciliación o al Tribunal, según corresponda, que lo aprobará siempre que no contenga renuncia de los derechos de los trabajadores", indica la LFT.
Recuerda entonces que esta práctica es totalmente ilegal.
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