Banxico no admite petición de AMLO de adelantarle el remanente cambiario

Banxico no admite petición de AMLO de adelantarle el remanente cambiario
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La Ley del Banco de México (Banxico) marca los procedimientos y tiempos para disponer de las ganancias contables o “remanente de operación” que puede tener este instituto autónomo a lo largo de un año fiscal.

Así lo informó el Banxico en un comunicado, al dar cuenta de una reunión que sostuvieron este jueves el Presidente Andrés Manuel López Obrador y el gobernador del banco central, Alejandro Díaz de León, en Palacio Nacional.

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El encuentro se dio luego que el primer mandatario anunciara esta reunión con Díaz de León para solicitarle que el Banxico adelantara al gobierno federal los “excedentes” por concepto del remanente de operación del banco.

“Se destacó la importancia de observar el procedimiento y los tiempos en materia de remanentes de operación del Banco de México previstos en su propia Ley”, apuntó en un comunicado respecto a petición que el Presidente López Obrador anunció que haría al instituto central.

En dicho encuentro, agregó, se habló sobre la complejidad de la actual coyuntura económica, así como de las medidas que se han implementado por parte del Gobierno federal y del banco central, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, y en el seno de órganos interinstitucionales como la Comisión de Cambios, el Consejo de Estabilidad del Sistema Financiero y el Comité de Regulación de Liquidez Bancaria.

Cabe mencionar que el mandatario federal había señalado el miércoles y el jueves que tendría un acercamiento con integrantes el banco Central para pedirle adelantar en este mes los recursos excedentes por concepto del remanente de operación del Banxico.

El dato: La Ley del Banxico aclara que existen procedimientos y tiempos claros para disponer de los remanenetes de operación del instituto autónomo, los cuales no se pueden adelantar.

“(Quiero ver) si los convenzo de que nos adelanten lo que nos tienen que dar en abril”, sostuvo.

El propio Banxico explica que puede tener ganancias o pérdidas a lo largo de su ejercicio y al no tener propósito de lucro, está obligado a entregar al Gobierno el importe de su remanente de operación si es que lo hay.  Por ley, estos remanentes pueden ser usados en 70 por ciento para prepagar deuda existente, y 30 por ciento restante para el Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios (FEIP).

JVR