¿Estaremos conscientes de la importancia del comercio, tanto intranacional (entre personas de la misma nacionalidad), como internacional (entre personas de nacionalidad distinta) y, por lo tanto, del mercado, definido como la relación de intercambio entre compradores y vendedores?
Para darnos una idea de su importancia imaginemos lo que pasaría, con nuestro bienestar, que depende de la cantidad, calidad y variedad de los bienes y servicios de los que disponemos para satisfacer nuestras necesidades, ¡la mayoría de los cuales hay que comprar!, si por alguna extraña razón, no pudiéramos realizar intercambios comerciales, y nos viéramos condenados a la autarquía, es decir, a rascarnos con nuestras propias uñas. ¿Seríamos capaces de producir, por nosotros mismos, de la A a la Z, todos los bienes y servicios que habitualmente consumimos? No, ni remotamente. Y si no fuéramos capaces de hacerlo, ¿qué pasaría con nuestro bienestar? Caería en picada y no sería mayor del que podría alcanzar un náufrago en una isla desierta.
El comercio, el intercambio entre oferentes y demandantes, hace posible la división del trabajo y sus cuatro principales beneficios: el aumento en la productividad y, por lo tanto, el aumento en la producción, y, resultado de lo anterior, la reducción de la escasez y, por tal motivo, el incremento del bienestar. Si el intercambio fuera imposible la división del trabajo resultaría contraproducente, desaparecería, y con ella los cuatro beneficios señalados, lo que daría como resultado mayor escasez y, por lo tanto, menor bienestar, situaciones que, si el fin de la economía es el bienestar, podemos calificar de antieconómicas.

Cónclave para el regalo de Alito
Los principios que rigen al comercio son los mismos, trátese del comercio entre personas de la misma nacionalidad (comercio intranacional), trátese del comercio entre personas de nacionalidad distinta (comercio internacional), por lo que, sobre todo desde el punto de vista de las normas jurídicas, debe dárseles el mismo trato, que debe partir de reconocer plenamente, definir puntualmente y garantizar jurídicamente el derecho a la libertad individual para comerciar con quien más convenga (nacional o extranjero: lo que importa es el intercambio, no la nacionalidad de quienes intercambian), en los términos que más convengan (acordados con la contraparte, en beneficio de las dos partes).
Lo anterior no siempre se entiende, y gobiernos que no imponen lastres y obstáculos al comercio intranacional los imponen, envueltos en la bandera del nacionalismo económico y la autosuficiencia, ¡enorme error!, al comercio internacional. Tal es el caso de los aranceles, que, por contraer los mercados, limitan los beneficios de la división del trabajo: el aumento en la productividad y en la producción, y la reducción de la escasez y el incremento del bienestar. Supongamos que produces el bien X y que, primera opción, solamente lo puedes ofrecer a los consumidores que viven en tu colonia (mercado limitado), o que, segunda opción, lo puedes ofrecer en todo el mundo (mercado ilimitado). ¿Cuál de las dos opciones beneficia a más consumidores? La segunda. ¿Cuál de las dos es mejor para el productor? La segunda. ¿Qué se necesita para lograr la segunda? Que ningún gobierno prohíba o limite el comercio internacional.
Continuará.

