Por definición, la guerra supone violencia. En términos modernos; sin embargo, no todas las violencias están autorizadas. Ésa es una de las ideas sobre las que se construyó buena parte del derecho internacional contemporáneo, incluso cuando los Estados recurren a las armas, existen conductas prohibidas. Las Convenciones de Ginebra y el posterior desarrollo del derecho internacional humanitario establecieron límites a la violencia de los países en conflicto. Uno de ellos es la prohibición de la tortura. Otro, que debería serlo, es la violencia sexual.
Un informe publicado el 18 de septiembre por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos vuelve a recordarlo de una manera particularmente dura. Entre febrero de 2022 y julio de 2026 se documentaron mil cuatro casos de violencia sexual relacionados con la guerra en Ucrania. La cifra no representa necesariamente el número total de hechos ocurridos. El propio Comisionado reconoce que se trata de un fenómeno con subregistro y que una misma víctima pudo haber sufrido múltiples agresiones. Lo relevante no está únicamente en los números, sino en los patrones que aparecen detrás de ellos.
Entre las conductas documentadas aparecen violaciones, agresiones sexuales, mutilaciones, descargas eléctricas en genitales, desnudez forzada y amenazas de violencia sexual. En el que 89 por ciento de los casos verificados fue atribuido a autoridades de la Federación de Rusia y el 11 por ciento, a ucranianas. En el caso ruso fueron sexualmente violentados 725 hombres, 151 mujeres, 14 niñas y 2 niños. Los responsables identificados pertenecían a las fuerzas armadas, el servicio penitenciario y el servicio federal de seguridad. Respecto a las autoridades ucranianas, las víctimas fueron 98 hombres y 14 mujeres. Casi la mitad de esas violaciones consistieron exclusivamente en amenazas de violencia sexual. En ambos países la mayor parte de las víctimas fueron hombres, principalmente personas privadas de la libertad. También la sufrieron mujeres y menores, sobre todo en territorios ucranianos ocupados. El Comisionado considera que la violencia sexual fue utilizada como método de tortura, intimidación, castigo o coerción.

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La diferencia entre Rusia y Ucrania no se limita al número de casos documentados. El informe señala que no ha identificado medidas perceptibles por parte de la Federación Rusa para investigar o procesar la violencia sexual cometida por su personal y asienta que sus autoridades tampoco han permitido el acceso de sus observadores a los territorios ocupados ni a algunos detenidos.
En el caso de Ucrania reconoce reformas legales, instrucciones de mando y cooperación con organismos internacionales, aunque advierte que los avances en materia de responsabilidad penal siguen siendo limitados.
Ese contraste importa porque el derecho internacional no exige solamente abstenerse de cometer determinadas conductas, sino también impone obligaciones para evitar su repetición.
El Comisionado pidió a ambos países investigar las denuncias y llevar ante la justicia a los responsables. Sin embargo, desde una perspectiva realista, habrá que esperar al fin de las hostilidades para que los casos de violencia sexual denunciados sean investigados y sancionados.

Juchitán

