Aborto en Texas

STRICTO SENSU

*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
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Los legisladores texanos, mayoritariamente republicanos, aprobaron la denominada Ley del Senado 8, vigente a partir del pasado 1º de septiembre. Dicha norma prohíbe cualquier aborto después de las seis semanas de gestación, sin prever excepciones, ni siquiera en caso de que el embarazo sea resultado de violaciones, abusos sexuales, incestos o existan malformaciones congénitas.

Los senadores locales diseñaron la ley de tal manera que establece responsabilidad civil contra las personas que practiquen una interrupción voluntaria del embarazo, así como contra quien ayude o induzca a terminarlo, y autoriza a cualquier ciudadano a demandar civilmente a estas personas. Además, establece que estos demandantes podrán obtener una compensación de 10,000 dólares por denunciar cada aborto, sin necesidad de demostrar que dicho acto les cause perjuicios.

El Departamento de Justicia federal acudió a la Corte Suprema para impedir su entrada en vigor; sin embargo, el mismo 1º de septiembre, mediante una muy dividida decisión de cinco contra cuatro, el máximo tribunal declinó la solicitud formulada. Por ello la administración Biden interpuso un recurso de emergencia ante un juzgado de distrito. Durante la última semana de septiembre, el juzgado del distrito occidental en Texas con sede en Austin celebró audiencias para escuchar a las partes del conflicto.

El gobierno texano argumentó que la intervención del Departamento de Justicia carecía de bases, pues la ley no le afectaba. En su opinión, para determinar la constitucionalidad de la legislación era necesario esperar a que se decidieran los juicios iniciados a partir de su entrada en vigor. En contrapartida, el Departamento de Justicia señaló que la nueva ley viola la cláusula de supremacía (principio constitucional que concede precedencia a las leyes federales sobre las locales en caso de conflicto entre ambas). Más aún, el representante del gobierno de Biden justificó su derecho a impugnar la ley, ya que su vigencia impide a un grupo de ciudadanos gozar de un derecho protegido por las normas federales. Recordemos que, desde 1973, la Corte Suprema resolvió el caso Roe versus Wade, estableciendo que el derecho a abortar es tutelado por las autoridades federales.

Así, el pasado miércoles, el juez federal Robert L. Pitman acordó conceder la suspensión solicitada. En un fallo de 113 páginas, señaló que, desde la entrada en vigor de la ley, a las mujeres texanas se les ha impedido indebidamente ejercer control sobre sus vidas de la manera en que está garantizada por la Constitución federal. La resolución prohíbe a las autoridades estatales (incluyendo a los jueces), así como a cualquier otra persona que actúe a nombre de ellas, realizar cualquier acto orientado a cumplir la ley controvertida. Esto es de particular importancia, pues la norma delega a los particulares el cumplimiento de sus disposiciones, en lugar de que ello sea realizado por las autoridades. Ese mismo día, el gobierno texano anunció que impugnará la decisión del juez Pitman ante la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito con sede en Nueva Orleans. Previsiblemente, la controversia continuará.