La salida constitucional en Chile

La salida constitucional en Chile
Por:
  • rafaelr-columnista

La crisis chilena ya perfila una salida por medio de un nuevo proceso constituyente. Gracias al acuerdo entre el gobierno y la oposición, la ciudadanía chilena será convocada, en abril de 2020, a un plebiscito sobre el modelo constituyente. Las opciones serán una convención mixta, integrada por parlamentarios y constituyentes, o una convención constitucional, integrada por delegados constituyentes en su totalidad.

La superación del marco constitucional heredado de la dictadura de Augusto Pinochet es una demanda pospuesta de la transición chilena, con una carga simbólica evidente. Si se quiere dotar a la nueva Constitución de un carácter fundacional está claro que la segunda opción es la más adecuada. Sin embargo, a favor del modelo de la convención mixta actúa el propio contexto de la crisis, ya que el compromiso de los actores políticos involucrados (gobierno, oposición y sociedad civil) sería mayor.

En cualquier caso, el nuevo proceso constituyente deberá remover los que el sociólogo Manuel Antonio Garretón llamaba “enclaves autoritarios” de la Carta pinochetista y, a la vez, adaptar el texto constitucional a la nueva sociedad chilena del siglo XXI. En síntesis podría decirse que las funciones del constituyente chileno serán la corrección y la actualización.

En el caso de la primera, el énfasis podría estar en toda la maquinaria de “seguridad nacional” que pasó de la dictadura a la democracia. A pesar de las importantes reformas que se le han hecho desde 2005, la Constitución chilena preserva dispositivos muy rígidos, relacionados con el orden, el estado de excepción, el papel de las Fuerzas Armadas, el combate al terrorismo y la seguridad pública. Esa maquinaria, como se ha visto en el último mes, es capaz de desplegar toda su capacidad represiva en momentos de estallido social y protestas populares.

La segunda función, la de actualización, tiene que ver, fundamentalmente, con la ampliación de derechos sociales. En el Capítulo III, sobre “derechos y deberes constitucionales”, se reconoce el papel del Estado en la protección de la salud y el acceso a la educación. Pero en ambas esferas se admite la intervención privada. Ese precepto constitucional ha facilitado el debilitamiento del sector público chileno en la distribución de derechos sociales básicos. La nueva Constitución seguramente apostará por un reforzamiento del papel del Estado, que ayude a disminuir el endeudamiento de estudiantes y pacientes.

El texto constitucional vigente es muy explícito en materia de “protección del trabajo”, pero deberá ampliarse en el tema de las pensiones. Una de las principales demandas, activadas por la protesta juvenil contra el alza en el precio del Metro, es la de un sistema de seguridad social acorde con el ascenso demográfico de la clase media chilena. Estudiantes y pensionados han sido protagonistas de las protestas y sus voces tendrán reflejo en la Constitución de 2020.