El Gobierno de la Ciudad de México publicó los lineamientos para regularizar las tomas de agua clandestinas en los hogares de la capital, a efecto de que, quienes se encuentran en esa condición, se les condonen el pago de derechos, multas y recargos, que pueden ascender a 44 mil pesos.
De acuerdo con el Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos para el Procedimiento de Regularización de Tomas Clandestinas de Agua o Drenaje, publicado por la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema), que encabeza Tanya Müller, en la Gaceta Oficial de la CDMX, el interesado deberá acudir a la Oficialía de Partes de la Dirección de Verificación Delegacional y Conexiones del Sistema de Aguas (Sacmex).
Para llevar a cabo la regularización se debe de presentar un documento donde el interesado solicite, bajo protesta de decir verdad, la regularización de la toma de agua o drenaje, señalando el domicilio donde ésta se encuentre, y comprobante de pago correspondiente a la instalación de medidor y armado de cuadro.
“La intención de este programa es que la gente acuda a regularizar su toma de agua si ésta es clandestina; tiene todo el año para hacerlo sin que se le cobren recargos por ello”, indicó el director de Servicios a Usuarios del Sacmex, Ernesto Blanco.
El funcionario agregó: “Si nosotros encontramos la toma de agua ya no tiene derecho al programa, muchas veces son los mismos vecinos quienes denuncian una toma irregular y acudimos de inmediato a hacer una verificación”,
Blanco dijo que el año pasado se detectaron 163 tomas de agua que operaban de forma clandestina. Y aunque no existe un recuento de tomas sin regularizar, aseguró que hay verificadores que se encargan de detectar este tipo de conexiones para después denunciarlas ante el Gobierno de la Ciudad.
Una vez que se detectan las tomas de agua irregulares, se debe de pagar una multa que puede llegar a los 44 mil pesos, la cual contempla el importe de la cuota fija por zona multiplicado por cinco años, además de la instalación del medidor, cuadro y tubería.
Las
limitantes
La regularización procederá en los siguientes casos:
Que las tomas sean de uso doméstico o mixto; no procede en uso comercial o baldíos. La toma de agua sea de 13 mm y la descarga de drenaje de 15 cm de diámetro. Que no se encuentre en suelo de conservación y sea una sola toma. Que no haya en el Sacmex procedimiento administrativo previo por la toma. Que no se haya detectado la toma; es decir, que el usuario acuda espontáneamente.

