En 2025, más de 2 mil voluntades anticipadas

Al alza, capitalinos que deciden cómo vivir en sus últimos días

Este derecho es el único al que se puede acceder para decidir sobre los cuidados médicos al final de la vida; la abogada Ninde MolRe cuestiona límites de la medida

Un hombre lee información sobre la muerte digna en la CDMX, en 2025. Foto: Cuartoscuro

La Secretaría de Salud capitalina (Sedesa) registró en 2025 un total de dos mil 14 voluntades anticipadas, la cifra más alta desde hace 18 años, cuando se aprobó en la Ciudad de México esta herramienta legal que permite a las personas rechazar tratamientos médicos que prolonguen su vida de manera artificial al enfrentar una enfermedad o situación terminal.

Aunque en la capital existen otras vías relacionadas con la llamada muerte digna, la voluntad anticipada es el mecanismo más efectivo y accesible, porque las otras alternativas se limitan al rechazo de tratamientos médicos o de alimento, el acceso a cuidados paliativos y la eutanasia, esta última prohibida y penalizada.

  • El Dato: La población de la ciudad tiene derecho a acceder a la voluntad anticipada desde los 18 años, en pleno uso de sus facultades mentales, en las notarías públicas.

Así lo explicaron a La Razón la abogada especialista en derechos humanos, Ninde MolRe, y el notario Felipe Carrasco Zanini, quienes coincidieron en que la voluntad anticipada es el único mecanismo real, legal y accesible para ejercer el derecho a una muerte digna.

“Ésta es una herramienta sumamente útil para que justamente una persona tenga esta dignidad de decidir y es una de las herramientas de mayor dignidad para la persona, imagínate es la facultad que te está dando la ley para poder decir cómo morir si estás en una situación así”, dijo el especialista en entrevista.

Tanto Ninde MolRe como Carrasco Zanini señalaron que una de las principales confusiones en torno al tema es equiparar la voluntad anticipada con la eutanasia: la primera no implica provocar la muerte ni acelerar ésta, a diferencia de la segunda, sino que es la decisión de aceptar o rechazar tratamientos o procedimientos médicos que prolonguen la vida de manera innecesaria, en caso de una enfermedad avanzada, incurable, terminal o sin tratamiento.

  • 18 años han pasado desde que se aprobó la voluntad anticipada en la capital

Desde el aspecto legal, la abogada advirtió que el marco jurídico capitalino sólo permite decisiones limitadas que, en muchos casos, “hacen sufrir a los pacientes y a sus familias”.

Entre 2008 y 2026 se han notariado 26 mil 800 documentos de este tipo por parte de personas originarias de la capital, así como de ciudadanos de otros estados o países que residen en la Ciudad de México.

Pese a la cifra récord alcanzada en 2025, el notario explicó que aún falta socializar esta herramienta para que más personas, sin importar su nivel socioeconómico, puedan acceder a ella.

“Sí ha aumentado, pero creo que falta mucho todavía. Para que las personas la tramiten tenemos un mes de la voluntad anticipada que normalmente es en marzo y el año pasado tuvimos un convenio celebrado con la Sedesa en el cual dimos trámites gratuitos para adultos mayores y costos reducidos a lo largo de todo el año para, justamente, el público en general”, destacó Carrasco Zanini.

  • Mil 600 pesos más IVA es el costo del trámite para personas menores de 65 años

Ninde MolRe subrayó que uno de los principales límites de la voluntad anticipada es que no puede hacerse efectiva hasta que la persona se encuentre en una situación que su médico califique como terminal, previo a ello, no es posible aplicarla, incluso si la persona vive con dolor intenso o debe permanecer bajo sedación mientras su cuerpo se deteriora.

Para la abogada, los casos más complejos son aquellos en los que los pacientes continúan conscientes y con dolor, pero los médicos consideran que aún existen tratamientos disponibles, aunque éstos no mitiguen la enfermedad ni el sufrimiento.

RIESGO PARA FAMILIAS. Sobre la eutanasia, Ninde MolRe reiteró que no está permitida en México y que constituye un delito tanto en la Ley General de Salud como en los códigos penales locales.

En el caso de la Ciudad de México existe un delito que sanciona a quien prive de la vida a otra persona por petición expresa, libre y reiterada cuando existe una enfermedad incurable en fase terminal, con penas de dos a cinco años de prisión.

Dijo que cualquier avance en esta materia tendría que darse a nivel federal y que, hasta ahora, la única iniciativa con ese alcance es la impulsada por la activista y persona con enfermedad terminal Samara Martínez a través de la Ley Transciende, que aún no ha sido aprobada.

La voluntad anticipada sólo puede ejecutarse cuando existe un diagnóstico médico de enfermedad terminal, según el notario, y debe ser determinada por un médico cuando la persona se encuentra en una etapa terminal, sin una esperanza de vida mayor a seis meses y sin posibilidad de mejoría con ningún tratamiento.

No obstante, la voluntad anticipada puede firmarse en cualquier momento, incluso cuando la persona se encuentra sana, en ese mismo acto se designa a un representante que se encargará de hacer valer la decisión cuando la persona ya no pueda expresarla.

El documento también permite decidir sobre la donación de órganos que se encuentren viables al momento de la muerte.

“Vas a tener sedaciones, vas a tener tratamientos para que psicológicamente te prepares, vas a tener tratamientos de limpieza, pero no algo que te prolongue artificialmente la vida”, detalló.

Para Ninde MolRe, el eje del debate sigue siendo la autonomía. Considera que todas las personas tienen derecho a decidir sobre el final de su vida sin verse obligadas a soportar dolores extremos o recurrir a prácticas como dejar de comer para dejar de sufrir.

DESCANSO EN PAZ ı Foto: Especial