Advierte argumentos sesgados contra la medida cautelar

Prisión preventiva oficiosa se aplica contra "dique" de delitos que impiden a México dejar atrás la violencia: FGJ-CDMX

La Fiscalía capitalina sostuvo que la prisión preventiva oficiosa debe analizarse desde una interpretación armónica, sistemática e histórica concreta del marco jurídico nacional y convencional

Prisión preventiva oficiosa se aplica contra "dique" de delitos que impiden a México dejar atrás la violencia: FGJ-CDMX
Prisión preventiva oficiosa se aplica contra "dique" de delitos que impiden a México dejar atrás la violencia: FGJ-CDMXFoto ilustrativa: Especial
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La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJ-CDMX), emitió un pronunciamiento este domingo, con relación a la discusión en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), acerca de eliminar la prisión preventiva oficiosa. 

El órgano de justicia señaló que los argumentos que se utilizan para invalidar dicha medida cautelar, en la propuesta presentada por el ministro Luis María Aguilar Morales, están sesgados y "se basan en posturas irreductibles" en las que "no se permite posibilidad alguna de estimar que se están cumpliendo los principios y las características" del sistema procesal penal acusatorio que se implementa en nuestro país. 

En un comunicado, la Fiscalía explicó que las estadísticas que se emplean como argumento, no distinguen el tipo de delito, el tiempo que llevan internos, ni los recursos que han promovido quienes permanecen en la cárcel con prisión preventiva oficiosa, de ahí el resultado de que 40.8 por ciento de las personas recluidas no tengan una sentencia condenatoria. 

Sin embargo, al no hacer esa distinción, destacó la Fiscalía, se busca sustentar que se abusa de la prisión preventiva oficiosa y que el sistema actual no funciona, pero al no particularizar los datos se "da una opinión sesgada para afirmar que un alto número de personas están en reclusión e injustamente no han sido sentenciadas, cuando ello obedece a factores diversos". 

El órgano de justicia destacó que la prisión preventiva oficiosa debe analizarse desde una interpretación "armónica, sistemática e histórica concreta del marco jurídico nacional y convencional". En ese sentido, afirmó que se trata de una medida "excepcional, extraordinaria, proporcional y subsidiaria" que la Constitución expresamente dispone para un catálogo de delitos, con el fin de garantizar que el imputado no se evada de la acción de la justicia. 

La Fiscalía capitalina recordó que el artículo 19 de la Constitución señala que esta medida procede para delitos que "constituyen un flagelo en la dimensión individual, familiar y social", como son el abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, entre otros.

"Las conductas descritas en los delitos graves a los que se les puede aplicar la prisión preventiva oficiosa han sido el dique que ha impedido que nuestro país deje atrás el lastre de violencia, corrupción e impunidad que evita que la sociedad mexicana avance en la consolidación de una cultura de la paz, legalidad y rendición de cuentas".

LRL