Cumpliendo bien con las obligaciones fiscales

Cumpliendo bien con las obligaciones fiscales
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Tips Empresariales

Por José Guadalupe González

La Ley del Seguro Social y sus Reglamentos imponen a los patrones obligaciones que en ocasiones no se cumplen, lo cual podría traer como consecuencia sanciones (multas) por parte del IMSS.

Se han detectado dos obligaciones que los patrones tienen y que comúnmente no se cumplen, o bien, no se cumplen adecuadamente. Éstas son:

1. Requisitos de las nóminas o listas de raya. El artículo 9 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización establece los requisitos que deben contener las nóminas o listas de raya, mismos que son los siguientes:

a) Del patrón: Nombre, denominación o razón social, RFC y número de registro patronal.

b) Del trabajador: Nombre completo, RFC, CURP, duración de la jornada, fecha de ingreso al trabajo y tipo de salario (fijo, variable o mixto).

c) Lapso que comprende la nómina.

d) Salario base de cotización, importe de las percepciones e importe de las deducciones efectuadas.

e) Unidad de tiempo laborado.

En estos incisos se encuentran todos los requisitos, por lo cual sería importante que en tu empresa revises si las nóminas contienen todos los requisitos mencionados anteriormente. Sin embargo, existen dos requisitos que no están mencionados y que son los siguientes:

• El número de seguridad social del trabajador. Probablemente en noviembre de 2002 cuando se emitieron estos requisitos, se visualizaba que la CURP sustituiría al número de seguridad social, situación que no ha pasado.

• La firma o huella digital del trabajador. A partir de noviembre de 2002 ya no es un requisito que el trabajador firme o ponga su huella digital en el recibo, sin embargo, es importante destacar que en materia laboral sigue siendo importante este requisito cuando se tiene algún litigio.

Si después de haber revisado los requisitos establecidos en los incisos anteriores, tus nóminas no cumplen con ellos, será importante contactar al proveedor del sistema de nóminas para que se incorporen los requisitos que falten.

La sanción que establece la Ley para los patrones cuyas nóminas o listas de raya no cuenten con todos los requisitos oscila entre 20 y 75 salarios mínimos del DF ($1,558.25 a $4,674.25).

2. Informar de las aportaciones. De acuerdo a lo establecido en el artículo 180 de la Ley del Seguro Social, los patrones tienen la obligación de informar bimestralmente a los trabajadores sobre las aportaciones hechas a su favor a las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.

Es preciso recordar que la cuotas de las ramas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez se pagan ante el IMSS de manera bimestral, por lo cual los patrones deben entregar estrictamente a los trabajadores (también bimestralmente) una constancia en la cual le indiquen a cada uno de ellos a cuánto ascendieron las aportaciones efectuadas en dichas ramas, mismas que incrementan y forman parte de su cuenta individual administrada por las Afores.

Si tu empresa no está entregando dichas constancias bimestrales a los trabajadores, entonces sería sujeta a una sanción, la que de conformidad a lo establecido en la Ley del Seguro Social oscilaría también entre 20 y 75 salarios mínimos del Distrito Federal.

Tomar en cuenta estos puntos te ayudará a cumplir adecuadamente con las obligaciones fiscales de tu empresa.

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