Policías lo torturaron

CEDHJ: en caso Giovanni ejecución extrajudicial

Derechos Humanos de Jalisco emite informe sobre el caso del joven de Ixtlahuacán de los Membrillos; en el crimen de Alexander, Fiscalía de Oaxaca determina que fue homicidio intencional

Protestas por la muerte de Giovanni López.
Protestas por la muerte de Giovanni López.Foto: Cuartoscuro
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La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco determinó que el asesinato del joven Giovanni López fue una ejecución extrajudicial, pues su muerte ocurrió a causa de los golpes que le propinaron policías municiaples de Ixtlahuacán de los Membrillos.

La CEDH indicó que el fallecimiento del joven ocurrió cuando se encontraba bajo la custodia de elementos policiales y en instalaciones del gobierno del municipio.

De acuerdo con un comunicado del organismo, policías incurrieron en abuso de fuerza al someter a Giovanni, quien fue detenido de manera ilegal y arbitraria por presuntamente no portar un cubrebocas, lo cual está considerado en Jalisco como una falta administrativa.

“Se está ante un caso de una ejecución extrajudicial en la que se privó de la vida a Giovanni López, ya que su fallecimiento ocurrió cuando se encontraba bajo la custodia de elementos policiales y en instalaciones del gobierno municipal”, indicó la CEDH Jalisco.

“Los actos cometidos por los agentes de la policía municipal en contra de Giovanni fueron realizados con toda la intención de someterlo, causarle sufrimiento e intimidarlo. Todos los golpes y lesiones ocasionados fueron de manera consciente y desproporcionada, lo que derivó en su fallecimiento. Al golpear en repetidas ocasiones al agraviado, los agentes policiales generaron actos de tortura, violando su derecho a la integridad personal”.

Según la indagatoria de la CEDH,  la noche del 4 de mayo de 2020 Giovanni López fue detenido en las afueras de su domicilio ubicado en el fraccionamiento Los Olivos, por parte de elementos de la policía municipal de Ixtlahuacán de los Membrillos, con el argumento de que cometía una falta administrativa y por una presunta agresión contra los policías.

Sin embargo, al día siguiente, cuando sus familiares acudieron a la comandancia para conocer la situación legal del joven, les informaron que éste había fallecido.

La CEDH explicó que hay registro documental de que Giovanni ingresó a los separos municipales a las 22:17 horas del 4 de mayo, luego de ser detenido por elementos de la unidad M-39.

El alcaide a cargo esa noche asentó en su informe que el joven no se encontraba en buen estado de salud, además de que el Juzgado Municipal no cuenta con médico de guardia y que los Servicios Médicos Municipales se encuentran a más de un kilómetro.

De acuerdo con el parte médico, elaborado a las 21:50 horas, el joven presentaba lesiones en ojo derecho y ojo izquierdo, pómulo izquierdo; tórax anterior parrilla costal lado derecho; epigastrio, mesograstrio, así como múltiples contusiones, por lo que el doctor que lo examinó recomendó realizarle radiografías de cráneo y abdomen, sin embargo éstas no se practicaron.

El 5 de mayo el joven fue trasladado de nueva cuenta a esta unidad y estuvo en la sala de choque, de donde lo llevaron a un hospital particular de Chapala para practicarle una tomografía de cráneo, que no se realizó porque el responsable del manejo del paciente de un momento a otro decidió que no se haría el estudio y se retiraron.

"Mientras esperaban a que se desocupara el área de TAC, notaron que Giovanni se encontraba muy agitado y trataba de bajarse de la camilla, además de mover pies y manos. 

"Al indicarles que podían pasar a que se realizara el estudio, el responsable del manejo del paciente informó que el estudio no se realizaría y se retiraron sin señalar motivo alguno", se lee en el documento.

Dos horas después, al filo del mediodía, el joven fue reportado como muerto y su cuerpo se trasladó al Servicio Médico Forense del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses.

En el acta de defunción se asentó traumatismo craneoencefálico como causa de la muerte.

Por estos hechos la CEDH emitió recomendaciones para el gobernador Enrique Alfaro, a quien instruye a dar seguimiento a la reparación integral del daño y garantizar el derecho humano de acceso a la verdad y a la justicia a favor de las víctimas.

De igual manera, llamó a reforma el Código Penal del Estado y tipificar el delito de ejecución extrajudicial, por lo que exhortó los poderes legislativo y judicial a crear políticas públicas encaminadas en este sentido.